Archive for the ‘ICECOMEX’ Category

ARANCEL DE ADUANAS Y SUS MODIFICACIONES EN 2008

El Arancel de Aduanas es una herramienta fundamental en el comercio exterior, puesto que permite categorizar de manera homogénea el universo de productos susceptibles a exportación. Teniendo en cuenta la importancia que este tiene para los empresarios colombianos, el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi – Icecomex quiere aprovechar esta oportunidad para informar sobre las modificaciones hechas a dicho arancel, contenidas en los decretos 2987 y 2988 del 13 de agosto de 2008.

 ¿Qué es el arancel de aduanas?

Es la lista ordenada de mercancías la cual contiene de manera oficial los derechos arancelarios (ad-valorem y/o específico) correspondiente a cada producto susceptible a ser tranzado en el mercado. También presenta el impuesto sobre las ventas (IVA), el régimen de importación, la codificación por capítulos, partidas, y subpartidas arancelarias haciendo mas especifica la clasificación de las mercancías, así como las observaciones (notas explicativas) correspondientes a cada una de las mercancías y otros requisitos de importación. (más…)

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viernes, agosto 29th, 2008

COMERCIO JUSTO

El comercio exterior se rige por diferentes tendencias y corrientes mundiales este es el caso del Fair Trade o Comercio Justo el cual ha tomado gran fuerza en los últimos años basándose en los cambios del consumidor y sus decisiones de compra, por tal motivo el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi – Icecomex quiere aprovechar esta oportunidad para informar sobre el tema.

 ¿Qué es Fair Trade o Comercio Justo?

El Fair Trade o Comercio Justo es una forma alternativa de comercio en la cual impera el diálogo, la transparencia y el respeto para todos los actores del comercio internacional, es decir, son sociedades constituidas en cualquiera de las formas establecidas solidaria y equitativa entre productores y consumidores. El Comercio Justo favorece el desarrollo sostenible ya que ofrece a los productores excelentes condiciones y ventajas que no se dan con la práctica del comercio tradicional. El Fair Trade se ha centrado en los productores de los países del hemisferio sur apoyado por Naciones Unidas y por movimientos sociales y políticos (como el pacifismo y el ecologismo), a la vez que promulga una filosofía en la cual los países desarrollados deben ser soporte fundamental de los países en vías de desarrollo, de esta manera coinciden en que la mejor alternativa para lograrlo es el establecimiento de relaciones comerciales éticas y respetuosas, en la cual haya un intercambio justo. (más…)

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viernes, agosto 22nd, 2008

AGENCIAS DE ADUANA

Las Agencias de Aduana se rigen bajo el decreto 2685 de 1999, sin embargo el 6 de agosto de 2008 fue publicado el decreto 2883, el cual modifica el decreto 2685 a partir del artículo 10 y dicta algunas otras disposiciones, el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi – Icecomex quiere aprovechar esta oportunidad para informar sobre el tema.

¿Quiénes podrán declarar ante la autoridad aduanera?

Los artículos 10 y 11 del decreto 2883 de 2008 contienen información sobre los declarantes que pueden actuar sin intermediarios ante la autoridad aduanera entre los cuales se encuentran:

  1. Las agencias de aduanas, quienes actúan a nombre y por encargo de los importadores y exportadores.
  2. Los almacenes generales de depósito sometidos al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, quienes podrán actuar como agencias de aduanas respecto de las mercancías consignadas o endosadas a su nombre con el debido aval de la DIAN.
  3. Los usuarios aduaneros permanentes, a través de sus representantes acreditados ante la DIAN.
  4. Los usuarios altamente exportadores, a través de sus representantes acreditados ante la DIAN.
  5. Las personas jurídicas que realicen importaciones y tránsitos aduaneros que individualmente no superen el valor FOB de mil dólares de los Estados Unidos  (USO 1.000), quienes actuarán de manera personal y directa a través de su representante legal o apoderado. (más…)
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viernes, agosto 15th, 2008

IMPORTACIÓN

Hoy, el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi (Icecomex) describirá a los empresarios colombianos en qué consiste una importación, sus beneficios y los puntos para tener en la cuenta en este proceso.

La importación es la introducción de bienes y servicios al territorio nacional o a una zona franca cumpliendo los requisitos de la ley vigentes en los países involucrados, siendo sometidas a un determinado régimen aduanero.

 ¿Qué es lo primero que se debe hacer?

Lo primero es localizar la posición arancelaria del producto a importarse, la cual se podrá encontrar de varias formas. Una de ellas es a través del arancel de aduanas y la otra con la ayuda de un consultorio de comercio exterior, como el nuestro. Es importante tener claro, por parte del usuario, que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es el único ente autorizado para determinar posiciones arancelarias.   

¿Por qué es importante un estudio de mercado?

La importación del producto requiere en un principio de un estudio de mercado y de la factibilidad económica de la importación. Hay que tener en cuenta otros aspectos tales como: precio del producto en el mercado internacional, costos de transporte internacional, costos de nacionalización y demás gastos en los que se puedan incurrir. 

¿Cómo identifico el producto?

Antes de comenzar a hacer los trámites correspondientes a la importación, se debe tener en cuenta lo siguiente:

–        Verificar la posición arancelaria del producto que será importado para poder saber los tributos aduaneros (gravamen arancelario e impuesto sobre las ventas, IVA) y otros requisitos necesarios para su importación.

–        Consultar la circular 017 de 2005: Modificación Circular Externa 077 de 2002 para confirmar si el producto a importar está sometido a vistos buenos e inscripciones previas ante entidades. Por ejemplo, ICA (Sanidad animal y vegetal), Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (preservación de fauna y flora silvestre), INVIMA (medicamentos, alimentos, productos Cosméticos), Instituto Colombiano de Desarrollo Rural- Incoder (entidad que reúne al Incora, el Inat, el Inpa y el DRI), Ingeominas (piedras preciosas y esmeraldas, entre otros. –        Solicitar el registro único tributario (RUT), en la DIAN, para solicitar el Número de Identificación Tributaria NIT.  

¿Qué trámites requiero ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo? (en caso de requerirse registro de importación)

Los trámites pueden realizarse vía electrónica o en forma física:

 1.      Vía electrónica

Importador frecuente:

a)      Obtención de firma digital ante un ente autorizado por la Superintendencia de Industria y Comercio (Certicámara).

b)      Inscripción en el grupo operativo por medio del correo: registro@mincomercio.gov.co (RUT, nombre de la empresa, nombre del representante legal, dirección de correo electrónico, número de teléfono, fax, dirección y ciudad de domicilio). Por medio de correo electrónico, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo concede un usuario y una contraseña.

c)      Tramitación del registro a través del sistema VUCE: www.vuce.gov.co.  Importador esporádico:a)      Inscripción en el grupo operativo, con Cámara de Comercio y RUTb)      Firma de Condiciones de Uso en el grupo operativo. Por medio del correo electrónico se establece un usuario y una contraseña.c)      Trámite de registro a través del Sistema VUCE.d)      Pago de registro de importación electrónica. 

Es importante saber que el Importador que utilice una Sociedad de Intermediación Aduanera (SIA) o un Apoderado Especial para tramitar el Registro de Importación, deberá diligenciar un poder autenticado y radicarlo.

 2.      En forma física

Para inscribirse como importador se debe solicitar y tramitar la ficha de radicación en la Dirección Territorial o en el grupo operativo más cercano de Mincomercio, a la que se le adjunta fotocopia del NIT.

Luego, debe comprar y diligenciar el formulario Registro de importación.

Por último, se radica el formulario de acuerdo con el régimen de importación. Las solicitudes se presentan de la siguiente forma:

§         Régimen de previa: En la Dirección Territorial o grupo operativo del Mincomercio más próximo. Al régimen de previa, pertenecen las solicitudes no reembolsables, las de mercancías imperfectas usadas o saldos, las de licencia anual, las que soliciten la exención de gravamen arancelario, las de entidades oficiales, las que amparen productos controlados por el Consejo Nacional de Estupefacientes, armas, explosivos, entre otros.§         Régimen de libre importación: En la Dirección Territorial o Grupo Operativo del Mincomercio más cercano. Son consideradas de régimen de libre importación las solicitudes que amparen bienes fabricados en el año de presentación de la solicitud de importación.  

¿Cuál es el procedimiento cambiario en las importaciones?

El Régimen Cambiario establece la obligación de canalizar el pago de la importación a través de los intermediarios del mercado cambiario autorizados por la ley, ya sean Bancos Comerciales, Corporaciones Financieras, entre otros. El importador debe girar al exterior las divisas correspondientes al pago de la importación una vez diligencie el Formulario declaración de cambio No. 1.

Cuando el plazo para el pago sea superior a seis (6) meses (fecha documento de transporte), se constituye en operación de endeudamiento externo y se debe informar al Banco de la República, a través de los intermediarios financieros para operaciones superiores a diez mil dólares (USD 10.000 valor FOB) y se efectúa dicho procedimiento con el  formulario declaración  No. 3.

 ¿Qué otros trámites debo tener en cuenta?

Debo tener presente los términos de negociación, Incoterms y verificar si le corresponde pagar los costos del transporte internacional. De ser así, es necesario contratar la empresa transportista, con la que se definirán dichos costos, para el traslado de la mercancía hasta la sociedad portuaria más conveniente y, a la cual, se le podrá dar indicación sobre el depósito de aduanas, en el que se desea que se almacene la mercancía mientras se nacionaliza. 

¿Cómo es el proceso de nacionalización?

El proceso de nacionalización se inicia cuando la mercancía se encuentra en el Depósito Aduanero de Colombia. Es aconsejable solicitar autorización para realizar una pre-inspección con anterioridad a la presentación de la Declaración de Importación y demás documentos, esto cuando haya duda sobre la descripción, números de serie o identificación.

Si el valor de la importación es igual o superior a USD5.000, debe comprar y diligenciar la declaración andina del valor en aduana, éste es un documento soporte de la Declaración de importación, el cual determina el valor en aduanas que es la base para el pago de los tributos aduaneros de las mercancías objeto de importación.

La liquidación de tributos aduaneros (gravamen arancelario, IVA), se hace a través de la declaración de importación. El pago de éstos se realiza ante los intermediarios del mercado cambiario (Bancos Comerciales, Corporaciones Financieras, entre otros.). En las principales aduanas, en donde opera el Sistema Global Aduanero (SIGA) los formularios se hacen por medio electrónico.

 ¿Qué personas pueden actuar directamente ante la DIAN?

§         Todas aquellas personas jurídicas que efectúen importaciones que individualmente no sobrepasen el valor FOB de mil dólares (USD1.000), quienes procederán de manera personal y directa por medio de su representante legal o apoderado.

§         Las personas naturales que realicen importaciones que individualmente no superen el valor FOB de mil dólares, USD1.000, deberán actuar de manera personal y directa.

§         También, los viajeros en los despachos de sus equipajes.

Es importante saber que cuando se trata de importaciones con montos superiores a mil dólares, USD1.000, deberán tramitarse a través de una SIA.

 ¿Qué debo hacer para levantar o retirar la mercancía?

Una vez se hayan cancelados los tributos aduaneros, debe dirigirse al depósito habilitado de aduanas, donde esté la mercancía para que sea revisada por un funcionario de la aduana respectiva. Para la inspección, debe presentar los siguientes documentos: (deberán conservarse por un término de cinco años).

1.      Factura comercial

2.      Registro o licencia de importación, si se requiere.

3.      Declaración de importación

4.      Declaración andina del valor en aduana, si se requiere

5.      Lista de empaque

6.      Certificado de origen (según el producto y el origen)

7.      Documento de transporte (guía aérea – conocimiento de embarque)

8.      Otros certificados o vistos buenos, si se requieren.

 El sistema informático aduanero establece si puede llevarse a cabo el levante automático o sí precisa de inspección física la mercancía. En el primer caso, puede retirarse la mercancía una vez sea autorizado por el depósito o funcionario aduanero; en el segundo caso, el inspector de la DIAN comprobará la concordancia de lo declarado en los documentos con la mercancía para la cual se solicita autorización de levante.

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viernes, febrero 16th, 2007

EXPORTACIÓN

Hoy, el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi (Icecomex) describirá a los empresarios colombianos en qué consiste una exportación, sus beneficios y los puntos a tener en la cuenta en este proceso.

La exportación   es la salida de bienes y servicios del territorio nacional o de una zona franca cumpliendo todos los requisitos de la ley en uso por los países implicados y que produce como contrapartida un ingreso de divisas.  Antes de entrar en materia, damos algunas razones por las cuales es importante exportar:

 ·        Necesidad de integrarse al mercado mundial por la globalización de la economía.

·        Diversificar productos y mercados para afrontar la competencia internacional.

·        Ganar competitividad, mediante la adquisición de tecnología, know how y capacidad gerencial obtenida en el mercado.

·        Hacer alianzas estratégicas con empresas nacionales y extranjeras para reducir costos, mejorar la eficiencia, lograr mayores volúmenes y diversificar productos.

·        Utilizar la capacidad productiva de las empresas.

 ¿Qué es lo primero que se debe hacer?

 Lo primero es localizar la posición arancelaria del producto con destino de exportación, la cual podrá encontrar de varias formas. Una de ellas es a través del arancel de aduanas, y la otra con la ayuda de un consultorio de comercio exterior, como el nuestro. Es importante tener claro que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es el único ente autorizado para determinar posiciones arancelarias.   (más…)

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viernes, febrero 9th, 2007

EMBALAJE

Es muy importante llegar a los mercados internacionales con productos en las mejores condiciones posibles, igualmente hay que investigar las normas técnicas exigidas y la legislación vigente  para los sistemas de embalaje.  El consultorio de comercio exterior de la Universidad Icesi –ICECOMEX- quiere hoy comentar sobre la importancia del embalaje en los procesos de internacionalización de mercancías.

 ¿Cómo podemos definir el embalaje?

El embalaje son los materiales o estructuras que protegen a los productos, envasados o no, contra golpes o cualquier otro daño físico. 

¿Cuáles son las funciones del embalaje?

La función principal del embalaje en el comercio exterior es agrupar y transportar productos de exportación o importación haciendo que el contenido llegue a su destino sin ninguna alteración. Además, protege el contenido, informa sobre las condiciones de manejo, requisitos legales y composición, entre otros.

Es importante tener en cuenta, que el material y el tipo de embalaje dependerán de la naturaleza del producto y del medio de transporte que se utilice para enviar la mercancía.

   ¿Cómo podemos clasificar el embalaje?

El embalaje se puede clasificar dependiendo del producto que se está transportando. Por ello podemos encontrar tres niveles los cuales son:

Embalaje primario: La mercancía colocada dentro de un embalaje en lo posible debe de mantenerse inmóvil para evitar que se dañe. Para lograr esto, se utilizan elementos internos en el embalaje, que inmovilizan la mercancía y la  protegen contra impactos propias del transporte utilizado. Estos materiales de embalaje primario pueden ser envolturas de papel, divisiones y separadores de cartón sólido o corrugado; viruta de madera u aserrín; película de burbuja de aire, etc. Cada uno de estos materiales tienen características especiales para proteger y amortiguar la mercancía, aspectos que determinan la eficiencia en su protección.

Embalaje secundario: En esta clase de embalaje encontramos los elementos que permiten proteger la carga y que se colocan fuera del embalaje primario, siendo estos: flejes; películas estirables, bolsas inflables multicapas, entre otros. Otro material que se debe considerar como embalaje secundario son las tarimas que pueden tener gran variedad en cuanto a diseños y material.

Embalaje terciario: Es el conjunto de varios embalajes secundarios.

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viernes, octubre 13th, 2006

EMPAQUE

El comercio exterior está cada día más modernizado y más exigente en cuanto a normas y especificaciones, por eso el ingreso de un producto a otro país requiere cumplir unos requisitos mínimos con respecto a conservación, preservación y presentación de las mercancías en los diferentes mercados. El consultorio de comercio exterior de la Universidad Icesi –ICECOMEX- quiere hoy comentar sobre la importancia del empaque en los procesos de internacionalización de mercancías.

 ¿Cuáles son las funciones del empaque? 

Las tres funciones principales de los empaques son la Protección, la Comercialización y una Función Social.

 ¿En que consiste la función de protección? 

La protección se divide en varios niveles donde es importante diferenciar los materiales que escudan los diferentes productos dependiendo de sus características y su uso.

  • Empaque primario: Es el que se encuentra en contacto con el producto, sirve para envasarlo o protegerlo. Aquí  podemos encontrar como ejemplo botellas, vasos, entre otros. Igualmente, es complementado por las bandas, las tapas de seguridad y la cinta adhesiva, entre otros.
  • Empaque secundario: Esta clase de empaque se utiliza para agrupar varias unidades del empaque primario. Ejemplos claros son guacales, cajas plegadizas y cubetas.
  • Empaque colectivo: Esta clase de empaque se usa de manera externa con el fin de agrupar diversas unidades de empaques secundarios. En este grupo podemos encontrar a las estibas y a las cajas de madera, entre otros.

 

Muchas personas corroboran que el cuarto nivel serían los contenedores, aunque algunos otros prefieren dividir hasta el tercer nivel.

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viernes, octubre 6th, 2006

RUT

El consultorio de Comercio Exterior de la Universidad ICESI – Icecomex-, dedicó la pasada columna a explicar los trámites que se debían realizar para obtener el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios. Queremos aclarar que a partir del decreto 2788 del 31 de agosto 2004 el RUT (Registro Único Tributario) sustituye el registro nacional de exportadores de bienes y servicios.

Haciendo esta aclaración, queremos explicar hoy en que consiste el RUT y los tramites a seguir para su consecución. 

 Que es el RUT?

El RUT, es el Registro Único Tributario, el cual fue establecido por el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, y se constituye en el nuevo y único mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

 Quien es el encargado de su administración?

El Registro Único Tributario es administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

La información contenida en el Registro Único Tributario podrá ser suministrada a otras entidades públicas o privadas a través de resoluciones o convenios, en los términos y condiciones que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, siempre que la misma no esté sujeta a reserva conforme a la Constitución o la Ley.

 Que registros fueron incorporados en el RUT?

El Registro Único Tributario  sustituye e incorpora los siguientes registros:

1. El Registro Tributario utilizado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

2. El Registro Nacional de Vendedores;

3. El Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios, y

4. El Registro de los usuarios aduaneros autorizados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

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viernes, septiembre 22nd, 2006