Archive for the ‘General’ Category

QUIMBO

viernes, noviembre 6th, 2009
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ENSAYO SINA

martes, septiembre 1st, 2009

El SINA, ¿Si cumple?

La ley 99 de 1993 creó el Sistema Nacional Ambiental (SINA), que se define como el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales ambientales contenidos en la Constitución Política de Colombia de 1991 y la ley 99 de 1993.

El SINA está integrado por el Ministerio del Medio Ambiente, las Corporaciones Autónomas Regionales, las Entidades Territoriales y los Institutos de Investigación adscritos y vinculados al Ministerio. El Consejo Nacional Ambiental tiene el propósito de asegurar la coordinación intersectorial en el ámbito público de las políticas, planes y programas en materia ambiental y de recursos naturales renovables.

Estas entidades que conforman el SINA deben cumplir con ciertas responsabilidades:

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial: es el encargado de impulsar una relación de respeto y armonía del hombre con la naturaleza y de definir, en los términos de la ley, las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y del medio ambiente de la Nación, con el fin de asegurar el desarrollo sostenible.

Departamento Nacional de Planeación: tiene como objetivos fundamentales la preparación, el seguimiento de la ejecución y la evaluación de resultados de las políticas, planes generales, programas y proyectos del sector público y el diseño de las políticas en materia de macro estructura del Estado.

Corporaciones autónomas regionales: tienen por objeto la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento, conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas por el MAVDT.

Corporaciones de desarrollo sostenible: tienen como encargo principal, además de las funciones propias de las CAR, promover el conocimiento de los recursos naturales renovables y del medio ambiente de su jurisdicción respectiva, ejercer actividades de promoción e investigación científica y transferencia de tecnología y dirigir los procesos de planificación regional de uso del suelo.

Se nota la amplitud del cubrimiento en cuanto a la protección del medio ambiente de parte del estado colombiana al establecer mecanismos de protección y desarrollo de proyectos que procuren su cuidado y sostenibilidad.

Pero a pesar de que la ley se amplia, no se puede decir lo mismo de su cumplimiento, ya que no existen mecanismos de control eficaces, existe entidades que deben procurar su cuidado, mas están no cubren a cabalidad todas las regiones de las cuales son responsables.

Las comunidades forman parte importante de la acción preventiva para el cuidado del medio ambiente, pero no son estas las que tienen todo el deber de cumplir con su cuidado. Casos exactos son los de las comunidades rurales las cuales brindan un adecuado cuidado a los recursos que ellos utilizan y entre los cuales viven, pero al momento de ir a pedir ayuda para la realización de proyectos, que quede claro que es la comunidad quien busca al estado, no el estado a la comunidad, se encuentran con grandes barreras que no permiten un adecuado manejo de las problemáticas y por tanto no permite que se realicen proyectos que darán beneficios a los recursos que el mismo estado debería cuidar.

LEY, NORMA, DECRETO, RESOLUCION

viernes, agosto 28th, 2009

Ley: es una norma jurídica la cual es expedida o dictada por el legislador, y debe cumplir con las siguientes características.
Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.
Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.
Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.
Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.
Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla.
Esta se debe realizar en consonancia con la justicia y si se incumple debe aplicársele una sanción al infractor.
Norma: esta puede llegar a ser dictada por cualquier autoridad según sea el caso, la cual intenta controlar el comportamiento humano, estableciendo derechos y deberes, en donde se le da un valor a esta y si se llegara a su incumplimiento se aplicara una sanción.
Decreto: Es un acto administrativo el cual es expedido en la mayoría de ocasiones para situaciones de urgente necesidad es por el poder ejecutivo y, generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes.
Resolución: esta puede ser creada por un tribunal, jefe de un servicio y hasta por la misma ONU, tiene un carácter general, obligatorio y permanente. Esta sirve para reforzar las leyes en el sentido que se dictan para que se cumplan lo establecido en las leyes.
La resolución tiene un grado de flexibilidad, oportunidad e información que la ley no puede tener y es en este sentido que la complementa.

ENSAYO 1

viernes, agosto 21st, 2009

Desarrollo Sustentable En América Latina y El Caribe desde Rio 1992
No es algo nuevo el nombrar los desafíos ambientales que se están viviendo, pues desde hace mucho tiempo atrás se han dado a conocer y se han establecido las posibles causas, entre ellas se encuentran los distintos estilos de desarrollo inadecuados, la gran pobreza y desigualdad que golpean en cualquier lugar y los modelos de consumo, todos estos factores son los que frenan el desarrollo al interior de cualquier país.
Para cualquier país es primordial incrementar la riqueza nacional para poder brindar una mayor satisfacción a las necesidades básicas de su población, pero esto implica el aumentar las actividades extractivas e industriales provocando un deterioro en la capacidad de recuperación y regeneración de los recursos extraídos.
Una forma de afrontar estas diferencias es el establecimiento de normas, tratados, acuerdos, protocolos, que buscan la protección de los recursos garantizando que existan oportunidades de vida para las generaciones actuales y futuras, respetando la integridad del planeta, por medio de una cooperación entre todos los sectores (público y privado), y todos los organismos a nivel global.
Pero ¿Cómo hacer que el desarrollo sostenible vaya de la mano con los intereses económicos?, a esta pregunta se la ha intentado dar solución desde hace décadas y todavía se sigue en espera de una adecuada respuesta, ya que a pesar de plasmar en los acuerdos una evidente correlación entre medio ambiente, patrones productivos y consumo con políticas económicas, comerciales y sociales, se le ha dado un gran incapié en lo ambiental a la sostenibilidad del desarrollo, haciendo que sea difícil la integración con políticas económicas impidiendo que se dé una visión integral del desarrollo.
Esto se debe a que lo propuesto en los tratados no se implementa de manera adecuada en todos los países debido a que en cada uno de ellos prima el interés individual sobre el colectivo, y no actúan hasta que el otro lo haga, solo por el miedo a perder competitividad, esto se genera a causa de la falta de conocimiento acerca de los beneficios que en ellos se proponen y por la falta de claridad de los mecanismos existentes para hacerlos cumplir.
Es evidente que existen las normas para ser cumplidas y generar un desarrollo sostenible, pero la condición humana en la que prima siempre el interés individual, hace cada vez más marcada la desigualdad y evitando que se genere una responsabilidad mayor y enfocada en la búsqueda de soluciones para los problemas más grandes que tiene el planeta.