Tomado del Periódico El País, Octubre 24 de 2008
Según el POT, en el sitio donde quedaba el club sólo podían hacerse proyectos recreacionales o sociales.
En el predio del demolido Club San Fernando no se podría levantar una edificación de carácter comercial, pues la ficha normativa del Plan de Ordenamiento Territorial, POT, que establece el uso del suelo para este sector, no fue modificada para este fin.