{"id":14,"date":"2009-03-01T16:17:14","date_gmt":"2009-03-01T21:17:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.icesi.edu.co\/blogs\/niffxbrl\/2009\/03\/01\/activos-intangibles-nic-38\/"},"modified":"2009-03-01T16:38:02","modified_gmt":"2009-03-01T21:38:02","slug":"activos-intangibles-nic-38","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.icesi.edu.co\/blogs\/niffxbrl\/2009\/03\/01\/activos-intangibles-nic-38\/","title":{"rendered":"ACTIVOS INTANGIBLES &#8211; NIC 38"},"content":{"rendered":"<p>El <font color=\"#0000ff\">est\u00e1ndar 38<\/font> establece el tratamiento contable de los activos intangibles, incluye la definici\u00f3n de activo intangible (recordemos que el glosario y la NIC 16 introducen la definici\u00f3n de activo). Adem\u00e1s la NIC se\u00f1ala c\u00f3mo debe hacerse el reconocimiento de un activo intangible, la determinaci\u00f3n del\u00a0 valor contable, la determinaci\u00f3n y el tratamiento en caso de p\u00e9rdidas por deterioro que est\u00e1n explicadas en la NIC 36 y termina con los requerimientos sobre revelaciones.<\/p>\n<p>La \u00faltima versi\u00f3n de esta norma tiene vigencia desde diciembre de 2006. y sus conceptos claves son:<\/p>\n<p>Sin sustancia f\u00edsica; Que puede separarse; Que surge de derechos contractuales u otros derechos legalmente reconocidos, \u00a0que puede ser separados de la entidad y vendidos, transferidos licenciados, alquilados o intercambiado (podr\u00edamos decir desde el punto de vista econ\u00f3mico que se consideran mercanc\u00eda), \u00a0y que son claramente distinguible y controlado separadamente.\u00a0<\/p>\n<p>O<strong>bjetivo<\/strong><\/p>\n<p>El objetivo de este\u00a0estandar es\u00a0determinar el tratamiento contable de los activos intangibles que adem\u00e1s, no est\u00e9n contemplados espec\u00edficamente en otra Norma.<\/p>\n<p>Este\u00a0estandar\u00a0pide que las entidades <strong><u><font color=\"#ff0000\">reconozcan un activo intangible si, y s\u00f3lo si,<\/font><\/u><\/strong> se cumplen\u00a0determinados razones -(<font color=\"#0000ff\">Definici\u00f3n de activo\u00a0 y los criterios de reconocimiento<\/font>)\u00a0. \u00a0La Norma tambi\u00e9n\u00a0establece c\u00f3mo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige la revelaci\u00f3n de informaci\u00f3n espec\u00edfica sobre estos activos.\u00a0<\/p>\n<p align=\"center\"><font color=\"#008000\"><strong>\u201c<font size=\"+0\">Un <em>activo intangible <\/em>es un activo identificable, de car\u00e1cter no monetario y sin apariencia f\u00edsica<\/font>\u201d.<\/strong>\u00a0<\/font><\/p>\n<p><strong>Reconocimiento y medici\u00f3n<\/strong>\u00a0<\/p>\n<p>El reconocimiento de una partida como activo intangible exige, que la entidad, demuestre que el elemento en cuesti\u00f3n cumple: (a) cumpla la definici\u00f3n de activo; y (b) cumple con el criterio de reconocimiento. El\u00a0 requerimiento se aplicar\u00e1 a los costos soportados inicialmente, para adquirir o generar internamente un activo intangible, y para aqu\u00e9llos en los que se haya incurrido posteriormente para a\u00f1adir, sustituir partes del mismo o realizar su mantenimiento.\u00a0<\/p>\n<p><font color=\"#0000ff\">Un activo satisface el criterio de identificabilidad incluido en la definici\u00f3n de activo intangible cuando:<\/font><\/p>\n<p>(a) es separable, esto es, es susceptible de ser separado o escindido de la entidad y vendido, cedido, dado en operaci\u00f3n, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con el contrato, activo o pasivo con los que guarde relaci\u00f3n; o<\/p>\n<p>(b) surge de derechos contractuales o de otros derechos legales, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos u obligaciones. \u00a0<\/p>\n<p><strong>Un activo intangible se reconocer\u00e1 si, y s\u00f3lo si:<\/strong><\/p>\n<p>(a) es probable que los beneficios econ\u00f3micos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad; y<\/p>\n<p>(b) el costo del activo puede ser medido de <u><font color=\"#0000ff\">forma fiable<\/font><\/u>.<\/p>\n<p>El criterio de reconocimiento basado en la probabilidad siempre se considera satisfecho en el caso de los activos intangibles que son adquiridos independientemente o en una combinaci\u00f3n de negocios.\u00a0<\/p>\n<p><strong>Un activo intangible se medir\u00e1 inicialmente por su costo. <\/strong>\u00a0<\/p>\n<p>El costo de un activo intangible adquirido de forma independiente comprende:<\/p>\n<p>(a) el precio de adquisici\u00f3n, incluidos los aranceles de importaci\u00f3n y los impuestos no\u00a0recuperables (los llmdos descontables en colombia)\u00a0que recaigan sobre la adquisici\u00f3n, despu\u00e9s de deducir los descuentos comerciales y las rebajas; y<\/p>\n<p>(b) cualquier costo directamente atribuible a la preparaci\u00f3n del activo para su uso previsto.\u00a0<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo establecido en la <font color=\"#0000ff\">NIIF 3<\/font> <em>Combinaciones de Negocios,<\/em> si se adquiere un activo intangible en una combinaci\u00f3n de negocios, el costo del mismo ser\u00e1 su valor razonable en la fecha de adquisici\u00f3n.<\/p>\n<p>Las \u00fanicas circunstancias en las que podr\u00eda no ser posible medir de forma fiable el valor razonable de un activo intangible adquirido en una combinaci\u00f3n de negocios se dar\u00e1n cuando el activo intangible surja de derechos legales o contractuales y adem\u00e1s:<\/p>\n<p>(a) no sea separable; o<\/p>\n<p>(b) sea separable, pero no exista un historial o evidencia de transacciones de intercambio para el mismo activo u otros similares, y la estimaci\u00f3n del valor razonable dependa de variables que no se pueden medir.\u00a0<\/p>\n<p><strong>Otros activos intangibles generados internamente<\/strong>\u00a0<\/p>\n<p>La plusval\u00eda (el sobreprecio) generada internamente no se reconocer\u00e1 como un activo. No se reconocer\u00e1n activos intangibles surgidos de la investigaci\u00f3n (o de la fase de investigaci\u00f3n en proyectos internos). Los desembolsos por investigaci\u00f3n (o en la fase de investigaci\u00f3n, en el caso de proyectos internos), se reconocer\u00e1n como gastos del periodo en el que se incurran.\u00a0<\/p>\n<p>Un activo intangible surgido del desarrollo (o de la fase de desarrollo en un proyecto interno), <font color=\"#0000ff\">se reconocer\u00e1 como tal si, y s\u00f3lo si,<\/font> la entidad puede demostrar todos los extremos siguientes:<\/p>\n<p>(a) T\u00e9cnicamente, es posible completar la producci\u00f3n del activo intangible de forma que pueda estar disponible para su utilizaci\u00f3n o su venta.<\/p>\n<p>(b) Su intenci\u00f3n de completar el activo intangible en cuesti\u00f3n, para usarlo o venderlo.<\/p>\n<p>(c) Su capacidad para utilizar o vender el activo intangible.<\/p>\n<p>(d) La forma en que el activo intangible vaya a generar probables beneficios econ\u00f3micos en el futuro. Entre otras cosas, la entidad debe demostrar la existencia de un mercado para la producci\u00f3n que genere el activo intangible o para el activo en s\u00ed, o bien, en el caso de que vaya a ser utilizado internamente, la utilidad del mismo para la entidad.<\/p>\n<p>(e) La disponibilidad de los adecuados recursos t\u00e9cnicos, financieros o de otro tipo, para completar el desarrollo y para utilizar o vender el activo intangible.<\/p>\n<p>(f) Su capacidad para medir, de forma fiable, el desembolso atribuible al activo intangible durante su desarrollo. \u00a0<\/p>\n<p><strong><font color=\"#ff0000\">!Prohibici\u00f3n!<\/font><\/strong><\/p>\n<p><font color=\"#0000ff\"><u>No se reconocer\u00e1n como activos intangibles las marcas, las cabeceras de peri\u00f3dicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes, Costos de iniciaci\u00f3n, Costos de capacitaci\u00f3n, publicidad y promoci\u00f3n, gastos de reasignaci\u00f3n y reorganizaci\u00f3n, u otras partidas similares<\/u><\/font> \u00a1pero ojo! <font color=\"#ff0000\"><strong><u>que se hayan generado internamente<\/u><\/strong>. \u00a0<\/font><\/p>\n<p>El costo de un activo intangible generado internamente, a efectos del (la medici\u00f3n inicial), ser\u00e1 la suma de los desembolsos incurridos desde el momento en que el elemento cumple las condiciones para su reconocimiento, (establecidas en relaci\u00f3n con las condiciones necesarias para ser activo y para ser reconocido, como el reconocimiento por desarrollo)<strong> <\/strong>.<\/p>\n<p><font color=\"#0000ff\"><strong>Se\u00a0proh\u00edbe la reintegraci\u00f3n,<\/strong><\/font> en forma de elementos del activo, de los desembolsos reconocidos previamente como gastos.\u00a0Los desembolsos realizados sobre una partida intangible se reconocer\u00e1n como gastos cuando se incurra en ellos, a menos que se d\u00e9 una de las siguientes circunstancias:<\/p>\n<p>(a) Formen parte del costo de un activo intangible que cumpla los criterios de reconocimiento o<\/p>\n<p>(b) La partida haya sido adquirida en una combinaci\u00f3n de negocios, y no pueda ser reconocido como un activo intangible. En ese caso, este importe (incluido en el costo de la combinaci\u00f3n de negocios) formar\u00e1 parte del importe atribuido al plusval\u00eda (sobreprecio)comprada en la fecha de adquisici\u00f3n (v\u00e9ase la <font color=\"#0000ff\">NIIF 3<\/font> <em>Combinaciones de Negocios)<\/em>. \u00a0<\/p>\n<p><strong>Medici\u00f3n posterior al reconocimiento <\/strong>\u00a0<\/p>\n<p>La entidad elegir\u00e1 como pol\u00edtica contable <strong><u><font color=\"#008000\">el modelo del costo o el modelo de revaluaci\u00f3n <\/font><\/u><\/strong>Si un activo intangible se contabiliza seg\u00fan el modelo de revaluaci\u00f3n, todos los dem\u00e1s activos pertenecientes a la misma clase tambi\u00e9n se contabilizar\u00e1n utilizando el mismo modelo, a menos que no exista un mercado activo para esa clase de activos.\u00a0<\/p>\n<p><strong>Modelo del costo:<\/strong> Con posterioridad a su reconocimiento inicial, un activo intangible se contabilizar\u00e1 por su costo menos la amortizaci\u00f3n acumulada y el importe acumulado de las p\u00e9rdidas por deterioro del valor.<\/p>\n<p>\u00a0<strong>Modelo de revaluaci\u00f3n:<\/strong> Con posterioridad al reconocimiento inicial, un activo intangible se contabilizar\u00e1 por su valor revaluado, que es su valor razonable, en el momento de la revaluaci\u00f3n, menos la amortizaci\u00f3n acumulada, y el importe acumulado de las p\u00e9rdidas por deterioro del valor que haya sufrido. Para fijar el importe de las revaluaciones seg\u00fan esta Norma, el valor razonable <font color=\"#0000ff\"><strong><u>se determinar\u00e1 por referencia a un mercado activo<\/u><\/strong>.<\/font><\/p>\n<p>Las revaluaciones se har\u00e1n con suficiente regularidad, para asegurar que el importe en libros del activo, en la fecha del balance, no difiera significativamente del que podr\u00eda determinarse utilizando el valor razonable.\u00a0<\/p>\n<p><strong>Un <em>mercado activo<\/em><\/strong><em> <\/em>es un mercado en el que se dan todas las siguientes condiciones:<\/p>\n<p>\u00a0(a) los bienes o servicios intercambiados en el mercado son homog\u00e9neos;<\/p>\n<p>(b) se pueden encontrar en todo momento compradores o vendedores para un determinado bien o servicio; y<\/p>\n<p>(c) los precios est\u00e1n disponibles para el p\u00fablico. \u00a0<\/p>\n<p>Cuando se incremente el importe en libros de un activo intangible como consecuencia de una revaluaci\u00f3n, dicho aumento se llevar\u00e1 directamente a una cuenta de super\u00e1vit de revaluaci\u00f3n, dentro del patrimonio neto. No obstante, el incremento se reconocer\u00e1 en el resultado del periodo en la medida en que suponga una reversi\u00f3n de una disminuci\u00f3n por devaluaci\u00f3n del mismo activo, que fue reconocida previamente en resultados.<\/p>\n<p>Cuando se reduzca el importe en libros de un activo intangible como consecuencia de una revaluaci\u00f3n, dicha disminuci\u00f3n se reconocer\u00e1 en el resultado del periodo. No obstante, la disminuci\u00f3n ser\u00e1 cargada directamente al patrimonio neto contra cualquier super\u00e1vit de revaluaci\u00f3n reconocido previamente en relaci\u00f3n con el mismo activo, en la medida que tal disminuci\u00f3n no exceda del saldo de la citada cuenta de super\u00e1vit de revaluaci\u00f3n.\u00a0<\/p>\n<p><strong>VIDA \u00daTIL <\/strong>\u00a0<\/p>\n<p>Una entidad evaluar\u00e1 si la vida \u00fatil de un activo intangible <strong><u><font color=\"#008000\">es finita o indefinida<\/font><\/u><\/strong> y, si es finita, evaluar\u00e1 la duraci\u00f3n o el n\u00famero de unidades productivas u otras similares que constituyan su vida \u00fatil. La entidad considerar\u00e1 que un activo intangible tiene una vida \u00fatil indefinida cuando, sobre la base de un an\u00e1lisis de todos los factores relevantes, no exista un l\u00edmite previsible al periodo a lo largo del cual el activo se espera que el activo genere entradas de flujos netos de efectivo para la entidad.<\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><strong><em>Vida \u00fatil <\/em><\/strong><strong>es<\/strong>:<\/p>\n<p>(a) el periodo durante el cual se espera sea utilizar el activo por parte de la entidad; o bien<\/p>\n<p>(b) el n\u00famero de unidades de producci\u00f3n o similares que se espera obtener del mismo por parte de la entidad. \u00a0<\/p>\n<p>La vida \u00fatil de un activo intangible que surja de un contrato o de otros derechos legales no exceder\u00e1 el periodo del contrato o de los citados derechos legales, pero puede ser inferior, dependiendo del periodo a lo largo del cual la entidad espera utilizar el activo. Si el contrato u otros derechos legales se han fijado durante un plazo limitado que puede ser renovado, la vida \u00fatil del activo intangible incluir\u00e1 el periodo de renovaci\u00f3n s\u00f3lo si existe evidencia que soporte la renovaci\u00f3n por la entidad sin un costo significativo.\u00a0Para determinar si se ha deteriorado el valor de los activos intangibles, la entidad aplicar\u00e1 la <font color=\"#0000ff\">NIC 36 <\/font><em><font color=\"#0000ff\">Deterioro del Valor de los Activos<\/font><strong>.<\/strong><\/em>\u00a0<\/p>\n<p><font color=\"#008000\"><strong>Activos intangibles con vidas \u00fatiles finitas<\/strong><\/font> \u00a0El importe amortizable de un activo intangible con una vida \u00fatil finita, se distribuir\u00e1 sobre una base sistem\u00e1tica a lo largo de su vida \u00fatil. \u00a0<\/p>\n<p><strong><em><font color=\"#008000\">Importe amortizable<\/font><\/em><\/strong><em> <\/em>es el costo de un activo o la cantidad que lo sustituya, una vez deducido <font color=\"#0000ff\"><strong>su valor residual<\/strong>.<\/font> La amortizaci\u00f3n comenzar\u00e1 cuando el activo est\u00e9 disponible para su utilizaci\u00f3n, es decir, cuando se encuentre en la ubicaci\u00f3n y condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia.<\/p>\n<p>La amortizaci\u00f3n finalizar\u00e1 en la fecha m\u00e1s temprana de las siguientes: la fecha en la que el activo se clasifique como disponible para la venta (<font color=\"#0000ff\">o se incluya en un grupo de elementos en desapropiaci\u00f3n que se clasifique como disponible para la venta<\/font>) de acuerdo con la <font color=\"#0000ff\">NIIF 5 <\/font><em>Activos No Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas <\/em>y la fecha en que el activo sea dado de baja en cuentas.<\/p>\n<p>El m\u00e9todo de amortizaci\u00f3n utilizado reflejar\u00e1 el patr\u00f3n de consumo esperado, por parte de la entidad, de los beneficios econ\u00f3micos futuros derivados del activo. Si este patr\u00f3n no pudiera ser determinado de forma fiable, se adoptar\u00e1 el m\u00e9todo lineal de amortizaci\u00f3n. El cargo por amortizaci\u00f3n de cada per\u00edodo se reconocer\u00e1 en el resultado del periodo, a menos que otra Norma permita o exija que dicho importe se incluya en el importe en libros de otro activo. \u00a0<\/p>\n<p><strong><em><font color=\"#008000\">Valor residual<\/font><\/em><\/strong><em> <\/em>de un activo intangible es el importe estimado que la entidad podr\u00eda obtener de un activo por su venta o disposici\u00f3n por otra v\u00eda, despu\u00e9s de haber deducido los costos estimados para su venta o disposici\u00f3n por otra v\u00eda, si el activo tuviera ya la edad y condici\u00f3n esperadas al t\u00e9rmino de su vida \u00fatil. Se supondr\u00e1 que el valor residual de un activo intangible es nulo a menos que:<\/p>\n<p>(a) exista un compromiso, por parte de un tercero, para comprar el activo al final de su vida \u00fatil; o que<\/p>\n<p>(b) exista un mercado activo para el activo intangible, y adem\u00e1s: (i) pueda determinarse el valor residual con referencia a este mercado; y (ii) sea probable que ese mercado subsista al final de la vida \u00fatil del mismo.\u00a0<\/p>\n<p>Tanto el periodo como el m\u00e9todo de amortizaci\u00f3n utilizados para un activo intangible con <font color=\"#008000\">vida \u00fatil finita<\/font> se revisar\u00e1n, <font color=\"#0000ff\">como m\u00ednimo, al final de cada periodo<\/font>. Si la nueva vida \u00fatil esperada difiere de las estimaciones anteriores, se cambiar\u00e1 el periodo de amortizaci\u00f3n para reflejar esta variaci\u00f3n. Si se ha experimentado un cambio en el patr\u00f3n esperado de generaci\u00f3n de beneficios econ\u00f3micos futuros por parte del activo, el m\u00e9todo de amortizaci\u00f3n se modificar\u00e1 para reflejar estos cambios. Los efectos de estas modificaciones en el periodo y en el m\u00e9todo de amortizaci\u00f3n, se tratar\u00e1n como cambios en las estimaciones contables, seg\u00fan lo establecido en la NIC 8.\u00a0\u00a0<\/p>\n<p><strong>ACTIVOS INTANGIBLES CON VIDAS \u00daTILES INDEFINIDAS <\/strong>\u00a0<\/p>\n<p>Los activos intangibles con una vida \u00fatil indefinida no se amortizar\u00e1n.\u00a0Seg\u00fan la <font color=\"#ff0000\">NIC 36<\/font> <em>Deterioro del Valor de los Activos,<\/em> la entidad comprobar\u00e1 si un activo intangible con una vida \u00fatil indefinida ha experimentado una p\u00e9rdida por deterioro del valor comparando su importe recuperable con su importe en libros.<\/p>\n<p>(a) anualmente, y<\/p>\n<p>(b) en cualquier momento en el que exista un indicio de que el activo puede haber deteriorado su valor.\u00a0<\/p>\n<p>La vida \u00fatil de un activo intangible que no est\u00e1 siendo amortizado se revisar\u00e1 cada periodo para determinar si existen hechos y circunstancias que permitan seguir manteniendo una vida \u00fatil indefinida para ese activo. Si no existen esas circunstancias, el cambio en la vida \u00fatil de indefinida a finita se contabilizar\u00e1 como un cambio en una estimaci\u00f3n contable, de acuerdo con la <font color=\"#0000ff\">NIC 8<\/font> <em>Pol\u00edticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores.<\/em>\u00a0<\/p>\n<p><strong><font color=\"#ff0000\">Revelaciones<\/font><\/strong><strong>\u00a0<\/strong>Base de medici\u00f3n; M\u00e9todo de\u00a0 amortizaci\u00f3n; Vidas \u00datiles; Monto bruto, amortizaci\u00f3n acumulada; Perdida de valor; Movimiento del a\u00f1o; Valor de la amortizaci\u00f3n del periodo; Amortizaci\u00f3n acumulada; Cambios Contable; Para los activos revaluados: Fecha de revaluaci\u00f3n, Valuador, m\u00e9todos usados, monto reconocido, movimiento de las revaluaciones; desembolsaos por investigaci\u00f3n y desarrollo.\u00a0<\/p>\n<h3><font color=\"#ff0000\">Practica en Colombia<\/font> \u00a0<\/h3>\n<p><strong>Art. <\/strong><strong>66. ACTIVOS INTANGIBLES<\/strong>.<\/p>\n<p><font color=\"#0000ff\">Son activos intangibles los recursos obtenidos por un ente econ\u00f3mico que, careciendo de naturaleza material, implican un derecho o privilegio oponible a terceros, distinto de los derivados de los otros activos, de cuyo ejercicio o explotaci\u00f3n pueden obtenerse beneficios econ\u00f3micos en varios per\u00edodos determinables<\/font>, tales como patentes, marcas, derechos de autor, cr\u00e9dito mercantil, franquicias, as\u00ed como los derechos derivados de bienes entregados en fiducia mercantil.\u00a0<\/p>\n<p><font color=\"#0000ff\">El valor hist\u00f3rico de estos activos debe corresponder al monto de las erogaciones claramente identificables en que efectivamente se incurra o se deba incurrir para adquirirlos, formarlos o usarlos<em>,<\/em><\/font><em> el cual, cuando sea el caso, se debe reexpresar como consecuencia de la inflaci\u00f3n <\/em>(el texto en bastardilla ya no est\u00e1 vigente.)\u00a0<\/p>\n<p>Para reconocer la contribuci\u00f3n de los activos intangibles a la generaci\u00f3n del ingreso, se deben amortizar de manera sistem\u00e1tica durante su vida \u00fatil. Esta se debe determinar tomando el lapso que fuere menor entre <font color=\"#008000\">el tiempo estimado de su explotaci\u00f3n y la duraci\u00f3n de su amparo legal o contractual.<\/font><\/p>\n<p>Son m\u00e9todos admisibles para amortizarlos los de l\u00ednea recta, unidades de producci\u00f3n y otros de reconocido valor t\u00e9cnico, que sean adecuados seg\u00fan la naturaleza del activo correspondiente. Tambi\u00e9n en este caso se debe escoger aqu\u00e9l que de mejor manera cumpla la norma b\u00e1sica de asociaci\u00f3n.\u00a0Al cierre del ejercicio se deben reconocer las contingencias de p\u00e9rdida, ajustando y acelerando su amortizaci\u00f3n.<strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art. 67. ACTIVOS DIFERIDOS.<\/strong><\/p>\n<p>Deben reconocerse como activos diferidos los recursos, distintos de los regulados en los art\u00edculos anteriores, que correspondan a:<\/p>\n<p>1. Gastos anticipados, tales como intereses, seguros, arrendamientos y otros incurridos para recibir en el futuro servicios y,<\/p>\n<p>2. Cargos diferidos, que representan bienes o servicios recibidos de los cuales se espera obtener beneficios econ\u00f3micos en otros per\u00edodos.<\/p>\n<p>Se deben registrar como cargos diferidos los costos incurridos durante las etapas de organizaci\u00f3n, construcci\u00f3n, instalaci\u00f3n, montaje y puesta en marcha. <font color=\"#0000ff\"><u>Las sumas incurridas<\/u><u> <\/u><u>en investigaci\u00f3n y desarrollo pueden registrarse como cargos diferidos \u00fanicamente cuando el producto o proceso objeto del proyecto cumple los siguientes requisitos: a) Los costos y gastos atribuibles se pueden identificar separadamente; b) Su factibilidad t\u00e9cnica est\u00e1 demostrada<\/u>; <font color=\"#0000ff\">c<\/font><\/font><font color=\"#0000ff\">) Existen planes definidos para su producci\u00f3n y venta, y d) Su mercado futuro est\u00e1 razonablemente definido<\/font>.\u00a0<\/p>\n<p>Tales sumas pueden diferirse con relaci\u00f3n a los varios productos o procesos en que tengan uso alternativo, siempre que cada uno de ellos cumpla dichas condiciones.\u00a0<\/p>\n<p>Se debe contabilizar como impuesto diferido d\u00e9bito el efecto de las diferencias temporales que impliquen el pago de un mayor impuesto en el a\u00f1o corriente, calculado a tasas actuales, siempre que exista una expectativa razonable de que se generar\u00e1 suficiente renta gravable en los per\u00edodos en los cuales tales diferencias se revertir\u00e1n.\u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed, la amortizaci\u00f3n de los gastos anticipados se debe efectuar durante el per\u00edodo en el cual se reciban los servicios.\u00a0La amortizaci\u00f3n de los cargos diferidos se debe reconocer desde la fecha en que originen ingresos, teniendo en cuenta que los correspondientes a organizaci\u00f3n, preoperativos y puesta en marcha se deben amortizar en el menor tiempo entre el estimado en el estudio de factibilidad para su recuperaci\u00f3n y la duraci\u00f3n del proyecto espec\u00edfico que los origin\u00f3 y, que las mejoras a propiedades tomadas en arrendamiento, cuando su costo no sea reembolsable, se deben amortizar en el per\u00edodo menor entre la duraci\u00f3n del respectivo contrato y su vida \u00fatil.\u00a0El impuesto diferido se debe amortizar en los per\u00edodos en los cuales se reviertan las diferencias temporales que lo originaron<strong>\u00a0<\/strong><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><font color=\"#ff0000\"><strong>Similitudes con las NIIF<\/strong><strong>\u00a0?<\/strong><\/font><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><strong>Diferencia con las NIIF<\/strong>\u00a0<\/p>\n<p>1 Usa el criterio de activo diferido como una forma de distribuir en el tiempo una erogaci\u00f3n<\/p>\n<p>2. Permite diferir los gastos de organizaciones e investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Permite el registro de intangibles formados<\/p>\n<p>4. No exige analizar al cierre contable las p\u00e9rdidas del valor de los intangibles.<\/p>\n<p>5. la amortizaci\u00f3n se utiliza con base en las normas tributarias.<\/p>\n<p>6. No se usa el concepto de valor revaluado<\/p>\n<p>7. Algunas p\u00e9rdidas que deben ser gastos se reconocen como diferidos en virtud de autorizaci\u00f3n de entes gubernamentales. Tal es el caso de indemnizaciones por retiro de personal.<\/p>\n<p>8. Erogaciones de publicidad y promociones en algunos casos se difieren.<\/p>\n<p>9. Exige que el m\u00e9todo de amortizaci\u00f3n refleje el patron de de consumo, de los beneficios econ\u00f3micos derivados del activo intangible mientras que en colombia el metodo de amortizaci\u00f3n refleja el patr\u00f3n de consumo de los gastos pagados por anticipado.<\/p>\n<p><font color=\"#ff0000\"><strong>Algunas cuestiones importantes que se deben resolver: Problemas culturales;\u00a0<\/strong><\/font><font color=\"#ff0000\"><strong>\u00a0<\/strong><strong>Posibles efectos jur\u00eddicos; <\/strong><\/font><font color=\"#ff0000\"><strong>Ejemplos de aplicaciones pr\u00e1cticas; <\/strong><\/font><font color=\"#ff0000\"><strong>Posible Impacto econ\u00f3mico del cambio Econ\u00f3micos<\/strong>\u00a0<\/font><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El est\u00e1ndar 38 establece el tratamiento contable de los activos intangibles, incluye la definici\u00f3n de activo intangible (recordemos que el glosario y la NIC 16 introducen la definici\u00f3n de activo). Adem\u00e1s la NIC se\u00f1ala c\u00f3mo debe hacerse el reconocimiento de un activo intangible, la determinaci\u00f3n del\u00a0 valor contable, la determinaci\u00f3n y el tratamiento en caso &hellip; <a href=\"https:\/\/www.icesi.edu.co\/blogs\/niffxbrl\/2009\/03\/01\/activos-intangibles-nic-38\/\" class=\"more-link\">Seguir leyendo <span class=\"screen-reader-text\">ACTIVOS INTANGIBLES &#8211; NIC 38<\/span> <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":20,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-14","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-general"],"aioseo_notices":[],"rttpg_featured_image_url":null,"rttpg_author":{"display_name":"Cesar Omar Lopez Avila","author_link":"https:\/\/www.icesi.edu.co\/blogs\/niffxbrl\/author\/19173494\/"},"rttpg_comment":3,"rttpg_category":"<a href=\"https:\/\/www.icesi.edu.co\/blogs\/niffxbrl\/category\/general\/\" rel=\"category tag\">General<\/a>","rttpg_excerpt":"El est\u00e1ndar 38 establece el tratamiento contable de los activos intangibles, incluye la definici\u00f3n de activo intangible (recordemos que el glosario y la NIC 16 introducen la definici\u00f3n de activo). 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