https://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/gateway/plugin/WebFeedGatewayPlugin/atomPrecedente Revista Jurídica2024-02-09T14:00:34-05:00Luis Felipe Giraldo Gómezlfgiraldo@icesi.edu.coOpen Journal Systems<p align="Justify"><strong>Precedente Revista Jurídica</strong> (ISSN 1657-6535 | ISSN 2805-993X (en línea)) es una publicación semestral de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Icesi (Cali, Colombia). Publica trabajos inéditos de académicos nacionales y extranjeros en temas generales de la Teoría Jurídica, Derecho Comparado, Historia del Derecho y dogmática jurídica en derecho civil, comercial, laboral, constitucional, administrativo, penal, entre otros. Su objetivo fundamental es la divulgación de la producción intelectual de carácter reflexivo, crítico y constructivo de los artículos, recensiones y reseñas que la componen. El proceso editorial incluye una revisión por pares expertos, bajo el sistema doble ciego, que garantiza contenidos de alta calidad que responden a las necesidades y expectativas de la comunidad académica.</p> <p>DOI: <a href="https://doi.org/10.18046/prec" target="_blank" rel="noopener">https://doi.org/10.18046/prec</a></p>https://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/6665El desplazamiento ambiental en Colombia: Retos y avances de la Sentencia T-369 de 2021 de la Corte Constitucional2024-03-15T14:47:41-05:00Rosa Stephanie Ramírez Cerón
<p>La Sentencia T-369 de 2021 de la Corte Constitucional de Colombia revisa uno de los casos de desplazamiento surgidos a raíz de la desviación del río Cauca para el Proyecto Hidroeléctrico Pescadero Ituango (Hidroituango), que revela diferentes focos de corrupción y afectaciones ambientales. Esta decisión constitucional conlleva la revisión de las rutas de atención que la jurisprudencia ha establecido para el manejo de este tipo de movimiento migratorio humano. No obstante, esta investigación permite concluir que el mencionado camino de atención para el desplazado ambiental es insuficiente. Teniendo en cuenta que la incorporación de la categoría de migración, desplazamiento y refugio ambiental en el ordenamiento jurídico colombiano es precaria y no diferenciada, el énfasis en estos conceptos permitiría la creación de una ruta integral de atención enfocada en el antes, durante y después de la catástrofe ambiental que genera el movimiento humano.</p>
2024-03-14T00:00:00-05:00Derechos de autor 2024 Rosa Stephanie Ramírez Cerónhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/6486Metodología para la interpretación constitucional desde el modelo de la justicia electoral mexicana2024-03-15T14:47:41-05:00José Ramón Narváez HernándezJesús Cadena Alcalá
<p>El artículo tiene como objetivo analizar en perspectiva cómo la interpretación constitucional influye en la justicia electoral y en la tutela de los derechos fundamentales de naturaleza político-electoral. Se propone una metodología para el uso correcto y eficiente de la interpretación constitucional y convencional por parte de las y los operadores jurisdiccionales, con un especial énfasis en el análisis de los obstáculos o barreras técnicas que enfrentan al realizar exámenes de regularidad constitucional-convencional. Se obtuvo como conclusión que en la práctica judicial electoral existen muchos problemas al maximizar u optimizar derechos, por lo que la interpretación constitucional debe basarse en un examen consistente y verosímil de argumentación y hermenéutica judicial para potenciar los derechos político-electorales y los principios democráticos en el marco del Estado democrático de derecho.</p>
2024-03-15T00:00:00-05:00Derechos de autor 2024 José Ramón Narváez Hernández, Jesús Cadena Alcaláhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/6008Ideales legales: creación de leyes y aplicación de la ley basadas principalmente en la vida social de la comunidad en Indonesia2024-02-06T16:10:03-05:00Diya Ul AkmalFauzziyyah Azhar Ramadhan
<p>El objetivo de este estudio es conceptualizar cómo la creación de leyes y su aplicación trabajan juntos en beneficio de la sociedad. Hasta ahora, la ley ha servido únicamente como una herramienta para el control social y es extremadamente inflexible, lo que hace imposible mantener adecuadamente los principios básicos de la implementación y la aplicación de la justicia. La ley debe poder evolucionar para servir como una herramienta que fomente el desarrollo social y que resulte en la satisfacción y el establecimiento del orden legal. Como resultado, el desarrollo legal debe priorizar los deseos y necesidades de la población. Este es un estudio sociolegal en el que los fenómenos sociales se interpretan como la dirección del desarrollo legal. Empleando un enfoque conceptual y analizando datos cualitativos obtenidos de la revisión de la literatura, nuestros hallazgos revelaron que las necesidades de las personas, particularmente en Indonesia, han cambiado en respuesta al establecimiento de la ley. Con el deseo de aportar sus aspiraciones en la creación de la ley y servir como sociedad participativa en el monitoreo de la forma como se lleva a cabo la aplicación de la ley, el desarrollo del pensamiento legal dentro de la sociedad se está moviendo en una dirección positiva. El desarrollo jurídico debe cambiar el paradigma que anteriormente consideraba al derecho meramente como un mecanismo de control social, como resultado de los cambios sociales. Tanto la creación de leyes como la aplicación de estas deben abrazar una sociedad participativa. Por lo tanto, el objetivo es traducir este ideal legal en la práctica mediante el establecimiento de un desarrollo legal que beneficie a la sociedad.</p>
2023-11-24T00:00:00-05:00Derechos de autor 2023 Diya Ul Akmal, Fauzziyyah Azhar Ramadhanhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/5541El derecho al retracto y sus inconsistencias dentro del ordenamiento jurídico colombiano2024-01-20T03:51:17-05:00Maria Alejandra Sanabria Vélez
<p>En Colombia, la Ley 1480 del 2011 incluye varios beneficios para los consumidores que no incorporan una relación taxativa con los límites de su ejercicio, por lo que su uso puede violar el principio <em>pacta sunt servanda</em>.</p> <p>Esta ley contiene algunas prerrogativas que desbordan las relaciones de consumo, pues trae consigo vacíos jurídicos que violentan los derechos de los productores y proveedores en Colombia, como la ausencia de parámetros y límites sólidos que permitan diferenciar una relación de consumo de una relación comercial. Sin perjuicio de lo anterior, este artículo se refiere específicamente al derecho de retracto y sus consecuencias.</p> <p>Se pretende estudiar si el retracto contenido en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 está alineado con otras disposiciones del ordenamiento jurídico colombiano y si esta potestad desdibuja la autonomía de la voluntad de las partes. Finalmente, se proponen algunos criterios que pueden ser utilizados por el legislador para reglamentar de manera más adecuada el derecho a retracto.</p>
2022-12-20T00:00:00-05:00Derechos de autor 2023 Maria Alejandra Sanabria Vélezhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/5807Garantía de los derechos de las víctimas en virtud del Código de Procedimiento Penal de Ucrania: problemas actuales y perspectivas2024-02-06T20:05:21-05:00Inna RakipovaOleksandr TorbasVladlena VoloshynaDenys ShylinAnastasiia Pidgorodynska
<p>La regulación legal y las cuestiones prácticas de garantizar los derechos de las víctimas en virtud del Código de Procedimiento Penal de Ucrania son consideradas en el artículo. La legislación procesal penal de Ucrania carece de regulación legal para la participación obligatoria de un abogado que represente a la víctima en los procesos penales. Tal situación pone a los participantes de los procedimientos en una posición desigual. Las víctimas durante el juicio y en los tribunales no pueden defender adecuadamente sus intereses legítimos debido a la falta de conocimiento legal. Los autores también afirman que la participación del representante de la víctima en la celebración del acuerdo de conciliación debe ser obligatoria. Se han analizado los casos en los que las víctimas pueden recibir asistencia jurídica gratuita. Se propone definir los casos de participación obligatoria del representante de las víctimas en la legislación vigente de Ucrania.</p>
2023-01-23T00:00:00-05:00Derechos de autor 2023 Inna Rakipova, Oleksandr Torbas, Vladlena Voloshyna, Denys Shylin, Anastasiia Pidgorodynskahttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/5487Transformación de las relaciones territoriales en Ucrania a las condiciones del mercado2024-02-06T17:28:06-05:00Mykhaylo ShulgaMarko Yurkov
<p>Las cuestiones de la propiedad de la tierra son especialmente importantes debido a la experiencia histórica de nacionalización de las tierras de los campesinos ucranianos. La esfera de las relaciones territoriales en Ucrania ha estado en constante proceso de reforma desde la independencia del país. En la etapa actual, la abolición de la moratoria sobre la transferencia de propiedad de tierras agrícolas es histórica para los ciudadanos ucranianos, por lo que la claridad y transparencia de los procedimientos legales para la transferencia de propiedad de tierras a ciudadanos de Ucrania se vuelve particularmente relevante.</p> <p>En relación con el vector europeo del desarrollo de Ucrania y la integración económica gradual con los países de la Unión Europea que tienen experiencia en el mercado de tierras agrícolas, es importante encontrar un modelo legal apropiado para regular la circulación de tierras agrícolas en Ucrania, utilizando la experiencia de la Unión Europea. Las relaciones de arrendamiento de tierras como medio principal para el uso de tierras agrícolas durante un largo período en Ucrania se consideran en el artículo.</p> <p>Se analiza la ley adoptada de Ucrania “Sobre las enmiendas a algunos actos legislativos de Ucrania relativos a la circulación de tierras agrícolas”. Según sus disposiciones, finalmente se canceló la moratoria a la venta de tierras agrícolas, lo que permitía a los propietarios disponer libremente de sus bienes. En el artículo también se demuestra que las principales perspectivas para el desarrollo y funcionamiento del mercado de tierras en Ucrania son: 1) inversión extranjera en Ucrania, 2) la posibilidad de libre disposición de terrenos agrícolas, 3) atraer recursos adicionales para las comunidades locales, 4) estimular el sector agrícola, 5) aumentar la eficiencia de la producción en la tierra.</p>
2022-09-25T00:00:00-05:00Derechos de autor 2023 Mykhaylo Shulga, Marko Yurkovhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/5507Las diferentes olas de participación ciudadana en el proceso constituyente de 19912024-01-20T03:42:05-05:00Mabel Londoño Jaramillo
<p>Este artículo de reflexión describe las diferentes olas de participación ciudadana que se presentaron en el proceso constituyente de 1991. Inicia con el movimiento estudiantil de 1989, continúa con el gran debate nacional que tuvo como escenario las mesas de trabajo y las comisiones preparatorias y finaliza con la Asamblea Nacional Constituyente, la más pluralista y multicultural de la historia nacional. Concluye que la Constitución Política de 1991 surgió de un proceso constituyente inédito, que cambió la forma de hacer las constituciones en Colombia.</p>
2022-12-19T00:00:00-05:00Derechos de autor 2023 Mabel Londoño Jaramillohttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/5315El desafío de la tesis de la autonomía: examinando la tesis de la exclusividad en el razonamiento judicial y el precedente2024-02-06T16:52:17-05:00Sandra Gómora-Juárez
<p style="text-align: justify;">Este artículo reflexiona acerca de uno de los desafíos que la <em>tesis de la autonomía</em> le presenta a la <em>tesis de la exclusividad</em> en el contexto de la práctica judicial y el precedente. Analizaré el desafío de la tesis de la autonomía para revelar algunos defectos de la tesis de la exclusividad en el contexto judicial. El trabajo busca mostrar que, más allá del aparente conflicto entre ambas tesis, el desafío de la tesis de la autonomía abre la puerta a una perspectiva distinta y enriquecida de la tesis de la exclusividad, según la cual algunos aspectos de esta última pueden comprenderse mejor desde la perspectiva de la primera. Defenderé, entonces, una lectura alternativa del desafío, en la cual la tesis de la exclusividad es central para la adecuada comprensión de la práctica judicial y el precedente.</p>
2022-11-13T00:00:00-05:00Derechos de autor 2023 Sandra Gómora-Juárezhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1380La seguridad jurídica: entre la tradición y la renovación del derecho2023-09-15T10:20:27-05:00Diana Patricia Quintero Mosquera
La suerte del derecho en Colombia no es preocupación exclusiva de juristas; los miembros de la sociedad se sienten autorizados a opinar sobre un fenómeno presente en casi todos los ámbitos de sus vidas. Por eso en la actualidad escuchamos voces críticas que culpan a la inseguridad jurídica en materia económica por la ausencia de inversión extranjera y la huida de capitales del país. Estos factores impactana negativamente las actividades productivas, al generar desempleo, decrecimiento económico, y consecuencias similares. El año paado, a raizadel fallo de la Corte Constitucional que ordenó el reajuste salarial para los empleados públicos discriminados por la Ley 547 de 1999, las críticas se centraron en el papel de los jueces constitucionales.
2001-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2001 Diana Patricia Quintero Mosquerahttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1385A propósito de instituciones justas. La rehabilitación de la racionalidad moral en Rawls y Habermas2023-09-15T10:19:42-05:00Delfín Ignacio Grueso
Si se me pidiera por adelantado enunciar los objetivos de este ensayo, diría que el primero es mostrar la forma como el filósofo norteamericano John Rawls y el alemán Jürgen Habermas hacen un uso de una razón construccionista y de una razón dialógica, respectivamente, para darle a la justicia una preeminencia moralque hace tiempo no tenía en la filosofía práctica. Pero ese es un objetivo más interesante para los historiadores de la filosofía que para los juristas, políticos, pensadores sociales y estudiantes de humanidades para quienes escribo este ensayo. A ellos mi segundo objetivo les puede interesar más: mostrar a la justicia como el concepto rector para establecer la moralidad de lo político y de lo jurídico. Para lograr ambos objetivos, poniendo más énfasis en el segundo, seguiré el siguiente orden. Comenzaré (I) mostrando lo que significó reivindicar el concepto moraljusticia en el siglo XX, un siglo difícil para la filosofía práctica de vocación normativa. Hecho esto, procederé a (II) mostrar el modo en que ambos pensadores intentan restaurar la moralidad como criterio de legitimidad de las instituciones públicas e intentaré (III) mostrar cómo ese criterio conecta lo constitucional y lo político.
2001-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2001 Delfín Ignacio Gruesohttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1384Propiedad y hambre2023-09-15T10:19:03-05:00Amartya Sen
Los argumentos políticos y sociales a menudo recurren a reivindicaciones morales basadas en derechos intrínsecamente valiosos. Hace ya muchísimo tiempo que se invocan los derechos relacionados con la propiedad. Pero existen también otrostipos de derechos que han sido considerados como "innatos e inalienables", y la Declaración de Independencia de los Estados Unidos se refiere a "ciertos derechos inalienables", entre los cuales se cuentan "vida, libertad y la prosecución de lafelicidad". La Constitución de la India llega hasta mencionar el "derecho a los medios adecuados de vida". El "derecho a no sufrir hambre" ha sido invocado a menudo en discusiones recientes sobre la obligación de ayuda a los hambrientos.El derecho a poseer, usar y legar la propiedad que se haya adquirido legalmente es considerado a menudo como valioso intrínsecamente. De hecho, sin embargo, muchas de las defensas que de él se hacen parecen ser realmente de tipo instrumental; searguye, por ejemplo, que los derechos de propiedad hacen que la gente sea más libre para elegir una clase de vida más bien que otra.
2001-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2001 Amartya Senhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1379La organización territorial del Estado en la Constitución de 1991. ¿Centralismo o autonomía?2023-09-15T10:18:26-05:00Ricardo Zuluaga Gil
Los argumentos políticos y sociales a menudo recurren a reivindicaciones morales basadas en derechos intrínsecamente valiosos. Hace ya muchísimo tiempo que se invocan los derechos relacionados con la propiedad. Pero existen también otrostipos de derechos que han sido considerados como ""innatos e inalienables", y la Declaración de Independencia de los Estados Unidos se refiere a "ciertos derechos inalienables", entre los cuales se cuentan "vida, libertad y la prosecución de lafelicidad". La Constitución de la India llega hasta mencionar el "derecho a los medios adecuados de vida". El "derecho a no sufrir hambre" ha sido invocado a menudo en discusiones recientes sobre la obligación de ayuda a los hambrientos.El derecho a poseer, usar y legar la propiedad que se haya adquirido legalmente es considerado a menudo como valioso intrínsecamente. De hecho, sin embargo, muchas de las defensas que de él se hacen parecen ser realmente de tipo instrumental; searguye, por ejemplo, que los derechos de propiedad hacen que la gente sea más libre para elegir una clase de vida más bien que otra.
2001-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2001 Ricardo Zuluaga Gilhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1383Autonomía, competencias y recursos de las entidades territoriales en la Constitución colombiana. Historia del acto legislativo No.1 de julio 30 de 20012024-02-18T23:19:32-05:00Francisco Piedrahíta Plata
La gran innovación de la Constitución Colombiana de 1991 en el campo de la Organización Territorial fue la introducción del concepto de autonomía para las Entidades Territoriales. Y no lo hizo de cualquier manera: el artículo primero definió a Colombia como "...República unitaria, descentralizada, con autonomíade sus entidades territoriales...". Además, el art. 287 aclaró el significado de esa autonomía: "Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses y dentro de los límites de la Constitución y la Ley. En tal virtud tendrán los iguientes derechos: 1. Gobernarse por autoridades propias. 2. Ejercer las competencias que les correspondan. 3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. 4. Participar en las rentas nacionales". Varios artículos del Título XI, sobre Organización Territorial, inician el desarrollo de los tres primeros de estos derechos. En el Título XII, sobre el régimen económico y de la hacienda pública, el art. 338 consagra el derecho de Asambleas y Concejos para imponer tributos; y los arts. 356, 357, 358, 360 y 361 dan cuerpo al cuarto derecho, el de participar en las rentasnacionales.
2001-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2001 Francisco Piedrahíta Platahttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1382Legitimidad y conveniencia del control constitucional de la economía2023-09-15T10:16:34-05:00Rodrigo Uprimny
En uno de sus textos, Amartya Sen señala que «la economía moderna se empobreció en forma sustancial debido a la distancia que se ha abierto entre la ética y la economía», ya que, como consecuencia de ese divorcio, la ciencia económica ha tenido una visión estrecha de las motivaciones del comportamiento humano y del significado del desarrollo social. Pero a su vez, señala Sen, este distanciamiento también ha perjudicado a la ética, que ha perdido la posibilidad de usar el fino instrumental analítico de la economía, para enriquecer sus visiones, y en especial para poder tomar en cuenta en sus análisis normativoslas complejas interdependencias que existen entre los comportamientos de los distintos agentes sociales.Esta reflexión de Sen puede ser proyectada a la relación, también bastante problemática, que se ha dado entre la economía y el derecho. La separación académica que durante mucho tiempo ha existido entre esas disciplinas ha tenido efectos empobrecedores para ambas. La economía ha solido desconocer la importancia que tienen la dimensión normativa y los arreglos institucionales en el comportamiento de los agentes económicos y en el significado del propio desarrollo, mientras que el olvido de los condicionamientos económicos puede llevar al análisis jurídico a moverse en abstracciones desvinculadas de la dinámica objetiva de los procesos sociales.
2001-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2001 Rodrigo Uprimnyhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1381La Corte Constitucional: usurpadora o garantista2023-09-15T10:15:58-05:00Clara López Obregón
En uno de sus textos, Amartya Sen señala que «la economía moderna se empobreció en forma sustancial debido a la distancia que se ha abierto entre la ética y la economía» , ya que, como consecuencia de ese divorcio, la ciencia económica ha tenido una visión estrecha de las motivaciones del comportamiento humano y del significado del desarrollo social. Pero a su vez, señala Sen, este distanciamiento también ha perjudicado a la ética, que ha perdido la posibilidad de usar el fino instrumental analítico de la economía, para enriquecer sus visiones, y en especial para poder tomar en cuenta en sus análisis normativoslas complejas interdependencias que existen entre los comportamientos de los distintos agentes sociales.Esta reflexión de Sen puede ser proyectada a la relación, también bastante problemática, que se ha dado entre la economía y el derecho. La separación académica que durante mucho tiempo ha existido entre esas disciplinas ha tenido efectos empobrecedores para ambas. La economía ha solido desconocer la importancia que tienen la dimensión normativa y los arreglos institucionales en el comportamiento de los agentes económicos y en el significado del propio desarrollo, mientras que el olvido de los condicionamientos económicos puede llevar al análisis jurídico a moverse en abstracciones desvinculadas de la dinámica objetiva de los procesos sociales.
2001-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2001 Clara López Obregónhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1378El control constitucional en el trópico2023-09-15T10:15:17-05:00Hugo Palacios Mejía
Propósito. El control constitucional sobre los actos legislativos y las leyes es un instrumento excelente para hacer el Estado de Derecho. Pero en Colombia ha adquirido cierta hipertrofia tropical, por razón de las características de la acción y el proceso de inconstitucionalidad, y por vitud de la jurisprudencia de la primera Corte Constitucional. Esa hipertrofia magnifica los problemas de todo control constitucional; hace que los "grupos de presión" encuentren muy atractivo y fácil "capturar" la Corte; y que las sentencias de la Corte se conviertan en una fuente de "ineficiencias" en el sistema económico. Este documento explica esos problemas y presenta algunas sugerencias de reforma constitucional para superarlos.
2001-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2001 Hugo Palacios Mejíahttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1392Servicio público y realidades económicas: del siglo XIX al derecho comunitario europeo2023-09-15T10:02:10-05:00Marceau Long
El servicio público nos remite a la concepción que nos hacemos del Estado. El campo natural de Duguit asignaba a su acción dejaba un buen margen de interpretación y de evolución: lo que es indispensable para la interdependencia social. La seguridad, el orden público lo son, como la satisfacción de las necesidades económicas, sociales y culturales. La respuesta de los Estados y de la "comunicada internacional" al atentado de Nueva York del 11 de septiembre, la lucha contra el terrorismo, como por otra parte el miedo al ascenso de las violencias, implican cierto regreso al Estado protector por sus cualidades de poder público. si bien en esta hora de emergencia de la sociedad civil, de la Comunidad Europea y de las instituciones de la sociedad internacional, el Estado ya no es el garante único del interés general, es a él a quien recurrimos para preservar en la mundialización el pacto social y para evitar sus desgarramientos.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Marceau Longhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1391¿Por qué necesita Europa una constitución?2023-09-15T09:58:34-05:00Jürgen Habermas
Se estudia el rol que una Constitución Europea puede desempeñar en la integración de Europa. Luego de considerar las razones que motivaron la integración, el artículo sugiere que el interese económicos, que ha sido motivación poderosa, no será suficiente para asegurar un proyecto de verdadera unión política. Las emociones, más que los intereses, habrán de movilizar a los europeos; ellas unen a las personas para defender su modo de vida contra el tipo de sociedad que tienden a imponer los modelos económicos dominantes. Tres elementos son importantes para la integración: un Parlamento de Estrasburgo fuerte y público, una esfera pública europea, y una cultura política común.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Jürgen Habermashttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1390La contratación de trabajadores a través de Empresas de Servicios Temporales2023-09-15T09:57:44-05:00Gerardo Arenas Monsalve
En este texto se analizan las Empresas de Servicios Temporales (EST) en el contexto de la flexibilidad laboral, así como le evolución del tratamiento normativo del tema en el medio colombianos. Luego, se examina la normatividad legal de las EST en Colombia y sus reglamentaciones. Finalmente, se valoran los alcances de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional con respecto a las EST, destacándose los efectos jurídicos de exceder las limitaciones normativas de esta actividad.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Gerardo Arenas Monsalvehttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1389Ética e inversión extranjera2023-09-15T09:56:53-05:00Jorge Pinzón Sánchez
En este escrito se afirma que cuando los inversionistas escojan entre la ética de su país y la del país en que están invirtiendo, deben ajustarse a la ética más exigente, evaluando las diferencias desde la perspectiva de los derechos humanos. En la práctica, es difícil para un país como Colombia tener la autoridad moral para criticar a los inversionistas extranjeros, dados las prácticas comerciales de empresarios, sindicatos, consumidores y otros. No obstante, la inversión extranjera es pate del desarrollo, y el desarrollo debe medirse a través de la ética, como lo muestra Amartya Sen, y a través de los avances en derechos y libertades que brinda a los países en desarrollo.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Jorge Pinzón Sánchezhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1388Constitución y economía2023-09-15T09:55:52-05:00Helena Alviar
Se presenta aquí un análisis de las relaciones, en Colombia, entre derecho y modernización hasta 1945 y. a partir de esa fecha, entre derecho y desarrollo económico. En esta última etapa, se pasa de una concepción instrumental del derecho a la consideración del derecho como un mecanismo estatal para cumplir las funciones propias del liberalismo clásico. Desde esta perspectiva, crece la visión de la Constitución de 1991 como creadora de instituciones que impiden el desarrollo económico. Esto dificulta severamente la posibilidad de un dialogo necesaria entre economistas y juristas, que ni puede estar sujeto al desconocimiento de los objetivos del desarrollo, ni a las condiciones impuestas por un modelos de instituciones liberales ideales.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Helena Alviarhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1387Neoinstitucionalismo: ¿es posible un diálogo entre historiadores, juristas y economistas?2023-09-15T09:54:58-05:00Jaime Eduardo Londoño Motta
En vista de una deseable y necesaria comunicación activa entre historiadores, economistas y juristas, para estudiar la crisis de la sociedad colombiana, vale la penas tener en cuenta el neoinstitucionalismo de Douglas North entendiéndolo desde una perspectiva pluridisciplinar. Se discuten las posibilidades analíticas que ofrece tal apropiación del modelo, se analiza la situación de la historiografía, la economía y el derecho en Colombia y se conjeturan las probabilidades institucionales de un diálogo entre esas disciplinas.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Jaime Eduardo Londoño Mottahttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1985El análisis económico del derecho2023-09-15T09:54:19-05:00Ana María ArjonaMauricio Rubio
La relación entre derecho y economía tiene una larga historia; pero fue en la década de los 60 cuando la aplicación de instrumentos económicos para el análisis del derecho se configuró con solidez. Actualmente, la expresión "derecho y economía" se usa tanto para el estudio de los efectos del derecho sobre la economía, como para la aplicación de conceptos y técnicas económicas en el estudios de los fenómenos legales. La primera parte de este artículo ofrece una introducción a la relación entre derecho y economía, caracteriza el nuevo campo y presenta sus escuelas más notables. La segunda arte examina algunas razones de la dificultad con la que tropieza en países hispánicos. Luego hace un balance de la cuestión y propone algunas vías posibles para mejorar la capacidad del análisis económico del derecho.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Ana María Arjona, Mauricio Rubiohttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1393El costo de los derechos sociales2023-09-15T09:53:46-05:00Luis Jaime Salgar Vegalara
El artículo se basa en los costos de proteger derechos para disolver la distinción tradicional entre "derechos negativos" y "derechos positivos". También los primeros necesitan protección significativa del Estado, con destinación de recursos. Se estudia la evolución del Estado modernos que, en sus inicios, no fue creado para proteger los derechos de sus ciudadanos. Esta función se fue afirmando cada vez más, y los costos asociados con ella se han hecho explícitos en la forma contemporánea denominada "Estado social de derecho" o simplemente "Estado social". Se examina algunos casos y se derivan conclusiones específicas sobre la cuestión.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Luis Jaime Salgar Vegalarahttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1984El caracter normativo del Estado social de derecho en Colombia2023-09-15T09:53:09-05:00Diana Patricia Quintero Mosquera
Un principio fundamental de la Constitución política define a Colombia como un Estado social de derecho. La poca eficacia alcanzada por el principio pone en peligro su existencia como norma jurídica vinculante para ciudadanos, legisladores y jueces. El artículo responde a objeciones que se formulan al principio en nombre de las autonomías y libertada individuales y de la eficiencia económica. Propone razones morales contextualizadas como justificación del compromiso estatal con los mínimos vitales contenidos en materia de derechos sociales, económicos y culturales.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Diana Patricia Quintero Mosquerahttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1983Conflicto armado colombiano, estado mínimo y utopías2023-09-15T09:52:33-05:00Boris Salazar
Se recurre al enfoque de Robert Nozick (Anarquía, Estado y Utopía), para analizar la situación actual del Estado colombianos. Nozick se basa en la teoría económica para representar a los grupo como competidores en un mercado que vende protección y que resulta, de manera contraintuitiva, en un monopolio. En Colombia, muchos sienten que las cuestiones de vida o muerte no pasan por el Estado y que han de atenerse a la oferta de protección de distintas agencias armadas para intentar, mediantes ensayos e interacciones con ellas y con el Estado, cierto orden social local. El artículo propone alternativas conjeturables sobre el tipo de arden que podría resultado de confrontaciones violentas no ajenas a la utopía.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Boris Salazarhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1982Acción de tutela contra providencias judiciales en el ordenamiento jurídico colombiano2023-09-15T09:51:55-05:00Catalina Botero Marino
El artículo estudia el debate sobre el control constitucional de las providencias jurídicas y su desarrollo. Presenta los argumentos de los críticos, ofrece contra-argumentos y describe lo que se requiere para que el control constitucional proceda contras las decisiones judiciales. Para eso, formula el problema fundamental del debate: ¿debería existir un mecanismo que proteja a las personas de las sentencias que violen sus derechos constitucionales? El artículo muestra que el control constitucional defiende los derechos en un sentido material, y cómo una interpretación única y autorizada de la Constitución promueve la seguridad jurídica.
2002-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2002 Catalina Botero Marinohttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1400La lógica entre las matemáticas y el derecho: preguntas a partir de un intento de analogía2023-09-15T09:48:24-05:00Alejandro Martín Maldonado
<p>De forma análoga a lo que pasa en las matemáticas, en el derecho es fundamental poder mostrar la razón por la cual se debe aceptar una decisión jurídica. Asumiendo esta analogía entre las dos disciplinas, el artículo analiza diferentes concepciones de la lógica argumentativa de las matemáticas, extrapola esta reflexión al ámbito del derecho y sostiene que en ambos campos no se escogen los axiomas o principios por ser verdades auto-evidentes, sino que esta escogencia viene en gran parte determinada por las implicaciones de éstos. Por cada una de estas disciplinas y el punto en el que la analogía entre ellas se rompe.</p>
2003-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2003 Alejandro Martín Maldonadohttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1398Hacia un control fiscal orientado a resultados2023-09-15T09:42:05-05:00Clara López Obregón
El Referendo incluía la propuesta de supresión de las Contralorías territoriales; esa propuesta no estaba acompañada por una justificación técnica y un diseño concreto sobre el sistema de control fiscal. En vista de esto, la Auditoría General de la República organizó varios foros regionales para tratar el tema de un control fiscal orientado a resultados. Esta ponencia de la Auditora General analiza, ante todo, las razones de la frustración que el país experimenta con respecto a los resultados de la reforma constitucional en mateia fiscal. Teniendo en cuenta esas razones, hace una serie de propuestas para que sean discutidas por los participantes en los foros.
2003-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2003 Clara López Obregónhttps://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/1402Justo formalismo: la aplicación formal del derecho, casos y límites2023-09-15T09:41:35-05:00Aquiles Arrieta Gómez
La ineludible cuestión práctica que se enfrenta al momento de aplicar las reglas y principios de un sistema jurídico es inabarcable con argumentos formales. Siempre están presentes, ímplicita o explícitamente, valoraciones definitivas y políticas. No obstante, las argumentaciones formales se consideren suficientes para fundamentar buena parte de los casos que se resuelven. Esto no es objetable, por el contrario, es deseable. Aceptar que un argumento formal es suficiente para sustentar una decisión judicial, e impedir que se abra el debate de fondo, es una garantía material para proteger efectivamente los derechos de las personas en múltiples casos. Cuándo se debe abrir la dicusión y cuándo no, es pues, parte del propio debate jurídico y del ámbito de ejercicio del poder judicial. Dos casos a modo de ejemplo, uno en Guatemala, otro en Colombia
2003-12-12T00:00:00-05:00Derechos de autor 2003 Aquiles Arrieta Gómez