Justo formalismo: la aplicación formal del derecho, casos y límites

Autores/as

  • Aquiles Arrieta Gómez Universidad de los Andes, Bogotá D.C.

DOI:

https://doi.org/10.18046/prec.v0.1402

Palabras clave:

CASOS JURÍDICOS, CREACIÓN DE DERECHO, FORMALISMO, ARGUMENTACIÓN JURÍDICA

Resumen

La ineludible cuestión práctica que se enfrenta al momento de aplicar las reglas y principios de un sistema jurídico es inabarcable con argumentos formales. Siempre están presentes, ímplicita o explícitamente, valoraciones definitivas y políticas. No obstante, las argumentaciones formales se consideren suficientes para fundamentar buena parte de los casos que se resuelven. Esto no es objetable, por el contrario, es deseable. Aceptar que un argumento formal es suficiente para sustentar una decisión judicial, e impedir que se abra el debate de fondo, es una garantía material para proteger efectivamente los derechos de las personas en múltiples casos. Cuándo se debe abrir la dicusión y cuándo no, es pues, parte del propio debate jurídico y del ámbito de ejercicio del poder judicial. Dos casos a modo de ejemplo, uno en Guatemala, otro en Colombia

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Publicado

2003-12-12

Número

Sección

Artículos

Cómo citar

Arrieta Gómez, A. (2003). Justo formalismo: la aplicación formal del derecho, casos y límites. Precedente Revista Jurídica, (-), 163-184. https://doi.org/10.18046/prec.v0.1402