Boletín de prensa #224

Por: Diana Marcela Aranda Quiroz, egresada de los programas de Derecho e Ingeniería Industrial de la Universidas Icesi - Jorge Illera, Director del Grupo de Acciones Públicas de Icesi GAPI

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El mundo está viviendo una situación inesperada, enfrentando cambios en sus dinámicas habituales y aprendiendo a adaptarse a una pandemia presente en gran parte del mundo, de la cual Colombia no es la excepción. Pero esta emergencia sanitaria no solo ha traído casos clínicos, de hecho,en estos tres meses de confinamiento se han presentado múltiples casos de discriminación contra el personal de la salud, que dejan ver una cara insólita de la emergencia sanitaria generada por el COVID19. Médicos de diferentes partes del país han denunciado ser víctimas de discriminación, en establecimientos de comercio, en sus viviendas e incluso en el transporte público. 

En Cali un estudiante de medicina fue expulsado de su residencia porque los vecinos del edificio pidieron a la propietaria del bien que cancelara su contrato debido a la “amenaza” que representaba. Dos médicos denunciaron haber sido discriminados por bancos de Cali, al prohibirles el ingreso a las oficinas, por ser personal de salud. En Bogotá una fisioterapeuta fue agredida físicamente por una pareja mientras le gritaban palabras ofensivas por trabajar en un hospital.  En Popayán, un supermercado prohibió el ingreso de una médica al establecimiento por portar su uniforme, explicando a viva voz a las demás personas que representaba un riesgo.

Estos casos mencionados y otros másque han sido divulgados por diferentes medios de comunicación, evidencian las consecuencias del pánico,la falta de diálogo y de empatía en este tipo de crisis.Tenemos derecho a tener miedo, pero esto no puedeser un justificante para atentar contra los derechos de personas que están enfrentando la crisis desde el lado más sensible, la salud. Por esto, se hace necesario mencionar que, ante este tipo de casos, hay múltiples medidas a las que pueden acudir todas las personas discriminadas. Entre otras, las siguientes: En primer lugar, se puede presentar una solicitud de orientación y acompañamiento por parte de la Defensoría del pueblo, que tiene entres sus principales funciones la de atender y asesorar en el ejercicio de sus derechos a todos los colombianos. Precisamente, al darse a conocer un caso de graves amenazas contra un médico y su familia en Bogotá, la defensoría del pueblo estableció el correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla., para allegar denuncias sobre discriminación.

Por otro lado, ante casos que involucren funcionarios públicos, como ocurrió en el Valle del Cauca, donde un médico no puede ingresar al municipio en el que vive por restricciones impuestas por el alcalde para el personal de salud, se puede acudir ante la Procuraduría para que adelante las investigaciones disciplinarias necesarias que permitan establecer el incumplimiento de las funciones del respectivo funcionario público y desarrolle acciones preventivas.

Respecto de establecimientos de comercio en los cuales se presentan este tipo de casos, es necesario precisar que,si bien la Corte Constitucional establece que existeel derecho de reservarsela admisión a un local comercial, esto no debe ser en perjuicio de los derechos fundamentales que tiene una persona, entre otros, el de no discriminación (SentenciaT-314 del 2011). Además, el artículo 3 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), establece como uno de los derechos del consumidor “Ser tratados equitativamente y de manera no discriminatoria.”

De acuerdo con lo anterior, acciones empleadas por trabajadores de algunos establecimientos comerciales, como los antes descritos, denotan un trato inequitativo frente a los consumidores que hacen parte del sector de la salud y portan su uniforme, que podrían incluso llegar a afectar otros derechos fundamentales diferentes a la igualdad, como es el buen nombre. Por ello, cuando se trate de denuncias frente a establecimientos de comercio, las mismas podrían ser remitidas a la Superintendencia de Industria y Comercio como ente encargado de velar por estos derechos.

Sumado a lo expuesto, este tipo de casos pueden ser expuestos ante los Consejos Departamentales de Protección al consumidor, del cual hacen parte los gobernadores y los alcaldes de las ciudades capitales de cada departamento (Decreto 1009 de 1988), órgano encargado de asesorar a la Gobernación en materia administrativa de protección y defensa de los consumidores.No puede olvidarse tampoco que, las Alcaldías municipales tienen una responsabilidad directa frente a la protección de los derechos de los consumidores, pues de acuerdo con el Estatuto del Consumidor, tienen las mismas facultades administrativas de control y vigilancia que la SIC. Cabe mencionar, que el artículo 93 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establece que quien limite el acceso a lugares abiertos al público debido a un motivo de discriminación será sujeto a multas de hasta $936.320 (32 SMDLV).

Ahora bien, ante agresiones verbales con el ánimo de hacer daño a la honra de la persona (sin tratarse de inculpar delitos), podrían proceder denuncias por Injuria. Para acusaciones falsas como “tener COVID19 y estarlo propagando”, al tratarse esto del delito de violación de medida sanitaria, podría proceder denuncia por calumnia,pues se incrimina a una persona sin tener fundamentos y con la intención de dañar su buen nombre. Estas denuncias proceden ante la Fiscalía, bien sea a través de las oficinas físicas o a través de los correos habilitados: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.; Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla..

Finalmente, es necesario insistir en las actuaciones que deben realizar los entes territoriales al presentarse este tipo de casos, no solo para visibilizar la discriminación y propender por sanciones pertinentes, sino y aún más importante, para promover iniciativas pedagógicas que permitan llamar la atención de la ciudadanía y generar diálogospara romper estigmas, escalando incluso a actos de violencia.  Esto es primordial, si se tiene en cuenta que desde el 31 de marzo[1]Colombia entró en su fase de mitigación de la pandemia, debemos acompañar al personal de salud en sus exigencias frente a los elementos de protección personal que necesitan y el mejoramiento de sus condiciones laborales, para que desarrollen su profesión de manera digna. En Colombia a fecha del 9 de junio de 2020, se encuentran más de cuarenta mil casos confirmados de COVID19, pero también más de 12 mil casos de recuperados[2], sin lugar a duda, en estos últimos el papel del personal de salud ha sido fundamental.

Que esta crisis no destruya nuestra humanidad, agradezcamos con acciones a las personas que están afrontando esta pandemia con sus conocimientos ycuidando nuestrasvidas.

[1] Ministerio de Salud. Boletín de Prensa No 111 de 2020. Disponible en minsalud.gov.co/Paginas/Colombia-entra-en-fase-de-mitigacion-de-la-COVID-19.aspx

[2] Registro al 4 de junio de 2020. Disponible en https://coronaviruscolombia.gov.co/Covid19/index.html

Más informes: Jorge Illera Cajiao, Director del Grupo de Acciones Públicas de Icesi – GAPI, Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.