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COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES – CAN

El Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi – Icecomex teniendo en cuenta la importancia que tiene para las empresas colombianas el disminuir costos y mejorar la competitividad, informa hoy acerca del “Diferimiento y Desdoblamiento Arancelario”, herramienta de la cual gozan los países miembros de la CAN, cuando desean importar bienes no producidos en la subregión andina, a precios favorables.

¿Qué es la Comunidad Andina de Naciones, CAN?

Para entender el tema de desdoblamiento y diferimiento arancelario, es importante saber que la CAN es un acuerdo voluntario entre cuatro países, que tiene como objetivo alcanzar un desarrollo más equilibrado y acelerado.  Este proceso se inició cuando se suscribió el Acuerdo de Cartagena en 1969.  Los países miembros son: Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú. (más…)

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viernes, febrero 15th, 2008

¿QUE ES UNA IMPORTACION?

 

El Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi – Icecomex  teniendo en cuenta la gran importancia que tiene el comportamiento del comercio exterior en la economía de nuestro país quiere continuar informando acerca de los resultados obtenidos durante el año 2007 en este tema, específicamente el caso de las importaciones.

¿Qué es una importación?

Para entender el comportamiento de las importaciones, es indispensable familiarizarse con el término “importación”, lo cual significa la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduJanero nacional. También se considera importación la introducción de mercancías procedentes de Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios, al resto del territorio aduanero nacional en los términos previstos en el Decreto 2586 de 1999.

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viernes, febrero 1st, 2008

EXPORTACION

El Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi – Icecomex quiere hoy informar a los empresarios cual fue el comportamiento de las exportaciones y la balanza comercial de nuestro país durante el 2007.

¿En qué consiste una exportación?

La exportación es la salida de bienes y servicios del territorio nacional o de una zona franca cumpliendo todos los requisitos de la ley en uso por los países involucrados y que produce como contrapartida un ingreso de divisas. Existen dos clases de bienes exportables: Tradicionales y No Tradicionales.

Las exportaciones no tradicionales están constituidas por productos nuevos en el ámbito exportable, que presentan un comportamiento muy dinámico; son aquellas que cambian su importancia en la economía por su crecimiento como producto de venta internacional; además, por lo general, los bienes no tradicionales llevan un alto valor agregado en su proceso productivo. Por su parte, las exportaciones tradicionales son constituidas por bienes que no sufren una transformación importante de su esencia durante su proceso productivo. (más…)

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viernes, enero 25th, 2008

Legislación Aduanera V

El Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi – Icecomex en el día de hoy quiere seguir informando a los empresarios acerca de los términos de la legislación aduanera.

 ¿Cuales son los  Depósitos habilitados por la DIAN? 

Son los lugares autorizados por la autoridad aduanera para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero. Los depósitos habilitados podrán ser públicos o privados y en ellos la mercancía puede permanecer almacenada durante el término establecido en el artículo 115º del Decreto 2685. Dentro de los depósitos privados se encuentran también los depósitos privados para transformación o ensamble, los depósitos privados para procesamiento industrial, los depósitos privados para distribución internacional, los depósitos privados aeronáuticos, los depósitos privados transitorios y los depósitos para envíos urgentes. Igualmente la autoridad aduanera podrá habilitar depósitos de provisiones de a bordo para consumo y para llevar y depósitos francos, para el almacenamiento de las mercancías, que según las disposiciones previstas en el Decreto 2685, pueden permanecer en dichos depósitos bajo las condiciones descritas en el mismo. Bajo ninguna circunstancia los depósitos habilitados podrán realizar labores de consolidación o desconsolidación de carga, transporte o de intermediación aduanera, salvo las excepciones previstas en el Decreto 2685.

 ¿Qué son Depósitos públicos? 

Son aquellos lugares habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero, en los cuales pueden permanecer las mercancías de cualquier usuario del comercio exterior. La autoridad aduanera coordinará con las autoridades portuarias y aeroportuarias y con los administradores de los puertos y aeropuertos habilitados para el ingreso y salida de mercancías del territorio aduanero nacional, la destinación y acondicionamiento de las áreas requeridas para la habilitación de los depósitos públicos, previendo que el área destinada permita atender las necesidades de almacenamiento, de acuerdo con el volumen de operaciones de comercio exterior, que se realicen por el lugar habilitado. Cuando no se disponga de las áreas necesarias para la habilitación del depósito, o cuando las mismas resulten insuficientes, podrán habilitarse depósitos públicos en lugares diferentes a los allí citados. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá abstenerse de estudiar la concesión de nuevas habilitaciones de depósitos públicos, cuando a criterio de la entidad las necesidades de almacenamiento se encuentren cubiertas en una determinada jurisdicción.

  (más…)

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viernes, diciembre 14th, 2007

EMPRESAS DE CORREO RAPIDO

Hoy, el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi (Icecomex) comentará a los empresarios colombianos sobre las empresas de correo rápido (Courier) con el propósito de utilizar más y mejor sus servicios internacionales. 

¿Qué son las empresas de correo rápido?

Estas empresas también se les conocen como “courier”, y son aquellas personas jurídicas legalmente establecidas en el país, cuya principal actividad u oficio es la prestación de servicios de transporte nacional e internacional a terceras personas, ya sea por vía aérea o terrestre, de correspondencia, documentos y envíos de mercancías que requieran un traslado rápido y disposición inmediata por parte del destinatario. El envío de muestras y mercancías al exterior vía courier es una gran alternativa para la pequeña empresa.

¿Qué tipo de mercancía puede catalogarse para envío Courier?

A través de un envío courier se transportan documentos que contengan cualquier mensaje, información o datos enviados a través de papeles, cartas, fotografías o a través de medios magnéticos o electromagnéticos de tipo bancario comercial, judicial, de seguros, de prensa, catálogos entre otros, excepto software. También los envíos o encomiendas pueden ser medicamentos con prescripciones médicas, prótesis, muestras de todo tipo, semillas, perfumes, cosméticos y partes, piezas y elementos de reposición de maquinaria industrial, agrícola o de transporte.El resto de mercancías que no se logran encasillar dentro del concepto anterior, son sometidas a tratamiento normal.   (más…)

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viernes, febrero 2nd, 2007

SISTEMA GENERAL DE PREFERENCIAS

Hoy, el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi (Icecomex) busca orientar a los empresarios colombianos acerca del significado del Sistema General de Preferencias (SGP) y, así, puedan conocer sus beneficios.

¿En qué consiste un SGP?

El Sistema General de Preferencia (SGP) es un programa de preferencias comerciales, que tiene como propósito promover la diversificación de las economías de los países en vía de desarrollo.

¿Por qué un SGP?

Estados Unidos, al igual que otros países industrializados, estableció su propio programa SGP de exención arancelaria. El SGP es un programa unilateral y temporal que establece preferencias relativas a la exención de aranceles otorgadas por los Estados Unidos y la Unión Europea (UE), a países beneficiarios (por su nivel de desarrollo).

Debido a los problemas de droga en algunos países beneficiarios, se creó el SGP Droga, hoy en día SGP Plus, para estimular a las naciones que combaten este problema, otorgándoles más beneficios. Desde hace algunos años Colombia tiene acceso preferencial al mercado de la Unión Europea, en virtud de este Sistema Generalizado de Preferencias. (más…)

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viernes, enero 26th, 2007

COTIZACION INTERNACIONAL

La globalización exige a que los exportadores presentar buenas ofertas en el mercado internacional, con agilidad y precisión, al menor costo y con tiempos de provisión exactos. Al presentar una cotización internacional es muy importante la construcción de una matriz de costos de Distribución Física Internacional (DFI), la cual permite conocer el conjunto de operaciones  necesarias  para el desplazamiento de los productos tales como: carga desde el lugar de producción o manufactura en el país de exportación, hasta el local del importador en el país de destino bajo el concepto de óptima calidad costo razonable y entrega justo a  tiempo.

Hoy, el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi (Icecomex) busca orientar a los empresarios colombianos acerca de los puntos a tener en cuenta en el momento de presentar una cotización internacional. 

  ¿Qué se debe tener en cuenta para realizar una cotización internacional? 

  • Una cotización que sólo dice “el precio de exportación es $100 dólares…” en verdad no ayuda mucho a nuestra contraparte. Es de vital importancia que expliquemos claramente los términos en los que nos estamos basando para realizar la cotización.
  • Cuando hablamos de términos de comercio internacional, lo mejor es usar uno de los Incoterms establecidos por la Cámara de Comercio Internacional, ya que éstos facilitan el lenguaje de la cotización.
  • Nunca debemos de cotizar en nuestra moneda local a menos que nuestro cliente a si lo haya solicitado. Se aconseja cotizar en la moneda que solicite nuestro cliente.  Siempre debemos incluir el tipo de cambio que se utilizó para realizar la cotización.
  • Las cotizaciones deben acompañarse con un período de validez para prevenir fluctuaciones de tipo de cambio u otros factores que puedan alterar los precios de venta de la mercancía.
  • Es recomendable indicar, dentro de la cotización, el lugar de destino de la mercancía.
  • La fijación del precio para el comercio internacional de un producto debe establecerse considerando algunos elementos que pueden ser externos a la empresa, por lo que se aconseja consultar los servicios de un experto.     (más…)
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viernes, enero 19th, 2007

FERIAS INTERNACIONALES

 

Dando continuidad al tema propuesto en nuestra anterior columna, el día de hoy explicaremos las diferencias entre las ferias internacionales y misiones internacionales, herramientas muy útiles en la promoción de  productos y servicios  en el exterior.

¿Qué son las ferias  internacionales? 

Las ferias internacionales son una herramienta útil para promover productos o servicios, entablar conversaciones con posibles clientes de todo el mundo y no solo eso, sino también mostrar la imagen de un país, sus ventajas económico-comerciales y su cultura.

Estas permiten concentrar en un mismo lugar y durante un determinado tiempo: importadores, agentes, traders, distribuidores, representantes, entre otros., permitiéndole al empresario ampliar sus contactos con potenciales compradores.

Se puede  decir que, las ferias internacionales son grandes actividades comerciales, donde se exhiben productos y servicios, los cuales se organizan con la idea de facilitar las transacciones comerciales entre países. Estas constituyen una oportunidad para desarrollar e incrementar las exportaciones. 

De igual forma, se realizan actividades al tiempo como seminarios, rondas de negocios, talleres técnicos, entre otros. (más…)

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viernes, enero 12th, 2007

RUEDAS DE NEGOCIOS

 ¿Que es una Macrorueda de Negocios?

Con este artículo, el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi (ICECOMEX), busca orientar a los empresarios colombianos en las diferencias y la importancia que tienen las Macroruedas, Showroom, Ferias Internacionales y Misiones Internacionales en la promoción de sus productos  en el exterior.

Es un evento de gran magnitud que logra reunir compradores y vendedores de un sector específico de la economía en un mismo sitio para “Hacer Negocios”. La idea de implementarlas dentro del país se dio a inicios del 2003 como resultado de una visión estratégica del Ministerio de Comercio Exterior, Industria y Turismo y Proexport con el fin de buscar una alternativa para el mercado que  estaban perdiendo las empresas colombianas ante la crisis de Venezuela. (más…)

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viernes, enero 5th, 2007

FDA

Actualmente existen muchos empresarios Colombianos interesados en exportar alimentos hacia el mercado Estadounidense, pero muchos de ellos desconocen la legislación bioterrorista formulada por el gobierno, debido a la amenaza constante de los grupos terroristas.

Esta Ley de Seguridad de la Salud  Publica Estadounidense, orienta las medidas y acciones del Secretario de Salud y Servicios Humanos a favor de la protección del publico frente a un ataque terrorista consumado o a nivel o a nivel de amenaza que pudiera perpetrarse en contra de la provisión de alimentos de los Estados Unidos. Para poder poner en práctica esta ley conocida como la Ley del Bioterrorismo, la FDA publicó una norma donde se estipula que deben quedar registrados todos los alimentos para el consumo, almacenamiento o distribución en los Estados Unidos, así como regalos o muestras comerciales.

 

Debido a la gran importancia que tiene ese mercado para nuestros exportadores, el comercio de la universidad ICESI –ICECOMEX- quiere mostrarles a los empresarios Colombianos del sector agroalimentario, los requisitos necesarios para ingresar sus productos al mercado Estadounidense con la ley del Bioterrorismo.

¿Quiénes deben registrarse ante la FDA?

Todas las empresas que fabrican, procesan, envasan, empacan o almacenan alimentos para el consumo humano o animal, que vayan a ser importados u ofrecidos para la importación a los Estados Unidos, inclusive si van a hacer tránsito a ese país. 

Cuáles son los procedimientos para realizar el registro?

El primer paso es solicitar la clave de acceso; esto se hace abriendo una cuenta con la FDA en la página web https://www.access.fda.gov/oaa/ .   A continuación, con esta clave puede proceder a hacer el registro en la página https://www.access.fda.gov/ . 

Cuánto tarda el registro?

Para el 1r paso (solicitud de clave) deberá demorase alrededor de 2 minutos. La clave que usted asigna debe contener al menos 8 caracteres y debe combinar letras mayúsculas, letras minúsculas y signos como &, $, etc. (Ejemplo: Sh&123Ogr%).El Registro tarda alrededor de 30-35 minutos contando previamente y teniendo disponible la información requerida. Tenga en cuenta que el sistema se desconecta si no hay actividad por 30 minutos y se pierde la información digitada. 

Qué puede suceder sí se envían alimentos sin previo registro?

A esta mercancía no se le  permitirá el ingreso o tránsito a Estados Unidos y será retenida. Los costos del transporta y almacenamiento correrán por cuenta del dueño de los alimentos.

 Qué otra información debe tener en cuenta el empresario para el diligenciamiento de los formatos?

  • Información general de la empresa
  • Nombre del agente y datos personales del agente en Estados Unidos
  • Categoría de los productos que va a exportar (alimentos para el consumo humano, animal y cosméticos) Ej. Cereales
  • Que tipo de almacenamiento requiere su mercancía
  • Si desea tener otro contacto dentro de su empresa, debe registrarlo. (owner operator or agent charge information)

 Quienes estan exentos de este requisito?

  • Explotaciones agrícolas (granjas o fincas) Que empacan o almacenan alimentos, siempre y cuando todos los alimentos utilizados en esa actividad se cultiven o consumanen la misma explotación o en otra de la misma propiedad.
  • Que manufacturen o procesen alimentos, siempre y cuando todos los alimentos utilizados en esa actividad se consuman en la misma explotación u otra de la misma propiedad
  • Instalaciones reguladas de forma exclusiva por el Departamento de Agricultura de los EE.UU. –USDA-(productos cárnicos no procesados, pollería y huevo)
  • Barcos pesqueros que no procesan la pesca
  • Residencias privadas o individuos, aún si han procesado, empacado o almacenado alimentos.
  • Vehículos de transporte que solo almacenen alimentos en el desarrollo habitual de su negocio como transportistas.
  • Instalaciones que fabriquen, procesen, empaquen, envasen o almacenen alimentos y los envíen posteriormente a otra instalación donde fabrican, procesan, empacan o envasan el alimento antes de que este sea exportado a los EE.UU.
  • No así si la actividad realizada por la instalación posterior es mínima. Por ej.: si la instalación solo fija una etiqueta al envase del alimento ya procesado, las dos instalaciones deben registrarse.

“Las instalaciones que empaquen o almacenen los alimentos después del último fabricante o procesador también deben registrarse”.

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viernes, septiembre 8th, 2006