Archive for julio, 2010

El IBU y el fin del empleo

viernes, julio 30th, 2010

Por: Enrique Rodríguez (Jefe del departamento de Estudios Sociales)

Desde niños se nos enseña, a veces a través de dolorosos ejemplos, que si no se trabaja no habrá posibilidades reales de tener un futuro prometedor. “El que no trabaja no come” se nos sentencia de manera casi que inapelable, salvo por supuesto si pertenecemos a ese pequeño sector de la población que sabe, o cree saber, que tiene riqueza resistente al tiempo. Coloquialmente hablar de trabajar equivale a tener un empleo remunerado. Trabajar puede ser visto como una maldición, un modo de evidenciar la gracia divina o una vía de realización personal, pero se nos suele presentar como un destino inevitable y necesario.

Pero si así son las cosas, si vinimos al mundo a trabajar ¿Qué pasa con nuestras vidas si desaparece el trabajo? ¿Qué ocurre si no tenemos modo de encontrar una actividad que nos permita obtener un sustento económico?

Habrá que insistir en una cuestión, que trabajar y tener un empleo se usen como sinónimos coloquialmente, no quiere decir que necesariamente lo sean. Como bien se ha sabido, especialmente de parte de las mujeres, el trabajo es como la mugre, infinito. Resulta poco probable que en algún momento de nuestra historia humana no necesitemos realizar algún tipo de tarea, manual o no, pesada o no, que requiera nuestro esfuerzo, que demande de nuestro tiempo e ingenio, nuestro cuerpo. Lo que está poniéndose en cuestión, gracias a las transformaciones tecnológicas, culturales, políticas, a las teorías de la administración, a nuestra noción del tiempo,  es la posibilidad para todos los adultos, quiéranlo o no, de tener un empleo.

Un empleo representa un contrato entre dos partes que implica subordinación y autoridad, pago en dinero por la labor cumplida, que una de las partes sea dueña de los medios de producción, tiempos de trabajo y de descanso, etc. Un buen empleo era, y parece seguir siéndolo, aquel en el que además de conseguir dinero, podemos desarrollar destrezas que contribuyen a lo que somos como personas, a integrarnos a un grupo humano o existir en una trama más o menos compleja de relaciones de la cual somos uno de los nodos.

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Implicaciones del IBU como derecho

miércoles, julio 14th, 2010

Por: Edgar Benítez Salcedo (Profesor Departamento Estudios Políticos)

Algunos consideran que una propuesta como el IBU permite que la gente no vea tan limitada su vida por restricciones de dinero, que pueda ser más libre para elegir el hacer o tener cosas que valoran, en general, que sus perspectivas de vida no estén condicionadas por su situación económica. Estas razones les animan a adherirse a la propuesta del IBU porque tienen en su mente el “público correcto”: pobres, marginados, desempleados, etc. Sin embargo, el apoyo suele debilitarse cuando contemplan la posibilidad de que otro público también reciba el IBU: ¿por qué un “vago” ha de recibir el dinero del ingreso si no hace nada por superarse?, ¿qué estamos haciendo si le damos regularmente un ingreso básico a un alcohólico o a una drogadicta?, ¿acaso no terminaremos los demás (vg. trabajadores abstemios) patrocinando la pereza y el vicio de otros con nuestro propio esfuerzo?

Creo que este tipo de restricciones, moldeadas por nuestras intuiciones morales, pueden resultar tan fuertes como las limitaciones económicas o políticas para la implementación del IBU. Las políticas redistributivas no enfrentan exclusivamente problemas de orden técnico-económico, requieren también un amplio apoyo público que se basa en las creencias sociales sobre la deseabilidad de tales políticas. Por esto, quisiera destacar que un primer debate que suscita la propuesta del IBU tiene que ver con las consideraciones o intuiciones morales que pueden dificultar el apoyo a esta propuesta; se trata, en última instancia de enfrentar un cuestionamiento: ¿por qué hemos de apoyar una política que puede beneficiar a quienes creemos no se lo merecen?

Esta inquietud suele aparecer frecuentemente en los comentarios que hacen los estudiantes en clase. Su preocupación consiste en que el dinero que reciben las personas sea merecido, es decir, o que la gente realmente lo necesite; o simplemente, que sea bien empleado (vg. para emprender una microempresa y generar empleos). El problema está en que esta preocupación no asume el IBU como un derecho, sino más bien como una remuneración debido a la condición de marginalidad o pobreza  (un tipo de asistencialismo estatal) o como un incentivo para generar agentes productivos (un tipo de subsidio condicionado). Ocurre que ninguno de estos casos refleja la intuición que subyace a la idea de un derecho en una democracia constitucional: su carácter de incondicionalidad. Ningún derecho es adjudicado por mérito, ni condicionado por los resultados que genere su portador.   

Es decir, pocos dudan que los fumadores atentan contra su salud (y la salud de los demás) pero esto no hace legítimo el que un sistema de salud los excluya cuando requieren un tratamiento para terapias respiratorias. O que el derecho a la educación esté limitado a quienes puedan aprovecharlo y ser “productivos”. Así, pensamos que aunque un niño tenga serias deficiencias cognitivas, tiene derecho a una educación pública adecuada para él, aunque no pueda llegar a ser un trabajador “productivo”. Para decirlo de otra forma, en un Estado Social de Derecho los derechos económicos o sociales no se ganan, ni se obtienen por méritos. Por ello, si el IBU es una expresión de este tipo de derechos, ¿qué lugar tiene pensar que quienes lo reciben deben cumplir con ciertas cualidades morales o que deban asegurar un cierto tipo de “buen” aprovechamiento?

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